Argentina simplifica el registro fiscal de actividades mineras para impulsar el sector

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En un paso clave para fortalecer la industria minera, la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunciaron la simplificación del Registro Fiscal de Actividades Mineras. Esta medida busca agilizar trámites, reducir la burocracia y mejorar los procedimientos administrativos, facilitando así el desarrollo de toda la cadena de valor del sector.

Por C.C

Menos burocracia, más eficiencia

Los cambios entraron en vigor con la Resolución General 5663, publicada recientemente por ARCA. Esta normativa es el resultado de un trabajo conjunto entre la Dirección Nacional de Inversiones Mineras, la Dirección de Cadena de Valor de la Secretaría de Minería y el Departamento Minero de la Unión Industrial Argentina (UIA).

El objetivo principal de esta reforma es brindar mayor claridad y accesibilidad a los procesos fiscales de la minería, eliminando trabas que ralentizan el crecimiento del sector.

Nuevos beneficios para proveedores mineros

Además, la resolución introduce un beneficio clave para los proveedores de empresas mineras registrados. A partir de ahora, podrán acceder a la exclusión de los regímenes de retención de dos impuestos fundamentales:

  • Impuesto a las Ganancias, mediante certificados obtenidos según la RG 830.

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA), conforme a la RG 2226.

En resumen, se amplió la posibilidad de oponer los certificados de exclusión de los regímenes de retención de los impuestos a las ganancias y al valor agregado, a aquellos sujetos inscriptos en la sección Proveedores de Empresas Mineras del registro. Esto representa un alivio financiero para muchas empresas, permitiéndoles operar con mayor estabilidad y previsibilidad.

Un impacto positivo en toda la industria

Estos cambios no solo impactarán positivamente a las empresas mineras en sus etapas productivas y exploratorias , sino que también beneficiarán a aquellas agrupadas en las cámaras provinciales y a las empresas proveedoras. Con un marco regulatorio más simplificado, el sector minero argentino está en camino hacia un futuro más próspero y eficiente.

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Mediante la Resolución general 5663/2025 se implementan modificaciones al registro fiscal de actividades mineras. En este sentido, la norma establece que, ente el rechazo de la inscripción en el registro, el interesado podrá presentar una disconformidad dentro de los 30 días corridos de notificado el mismo, la cual será resuelta en un plazo de 60 días corridos desde su presentación.

Adicionalmente, se prevé que los contribuyentes inscriptos en el registro podrán ser consultados a través del micrositio “Registro Fiscal de Actividades Mineras”, disponible en el sitio web de ARCA. A través de esta opción, los responsables también podrán obtener la correspondiente constancia.

Además, se establece que, las operaciones bajo este régimen estarán excluidas de la retención de otros regímenes, excepto las que deben practicarse sobre facturas calase “M” y facturas clase “A” con leyenda “Operación sujeta a retención”, dispuestas por la Resolución General N° 1.575.

Por último, se amplía la posibilidad de oponer los certificados de exclusión de los regímenes de retención de los impuestos a las ganancias y al valor agregado previstos en las Resoluciones Generales 830 y 2.226, respectivamente, a los sujetos inscriptos en la sección “Proveedores de Empresas Mineras” de dicho registro. Fuente: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA).

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