Reclamo de la Comunidad Huarpe a la minería: “No estamos en contra del progreso”
Edgardo Enrique Echenique, representante del pueblo Huarpe, expresó su profunda preocupación por la falta de aplicación efectiva de las normativas nacionales e internacionales que protegen los derechos de los pueblos originarios en la provincia de San Juan. En diálogo con ACERO Y ROCA, Echenique destacó que la ausencia de consulta previa, libre e informada y la falta de reconocimiento de los territorios ancestrales generan un conflicto entre las comunidades originarias y las autoridades competentes.
Por Yenhy Navas

La comunidad huarpe. Imagenes. Si San Juan
“Nosotros no estamos en contra del desarrollo económico ni de las actividades productivas, pero exigimos que se respeten y se cumplan las normativas que ya están vigentes,” sostuvo Echenique.
Reclamo por el cumplimiento de las normativas vigentes
El representante del pueblo Huarpe indicó que existen diversas leyes y convenciones internacionales que respaldan sus derechos, entre ellas el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional Argentina, la Ley 26.160, que establece la suspensión de los desalojos y la realización del relevamiento territorial de las comunidades indígenas, y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce la consulta previa, libre e informada a los pueblos originarios sobre actividades que puedan afectar sus territorios.
“No se trata de pedir una ley nueva, sino de que se respeten las que ya están. Hay leyes nacionales, internacionales y fallos de la Corte Suprema que respaldan nuestras demandas, pero lamentablemente las autoridades no las aplican como deberían,” afirmó Echenique.
La consulta previa como eje central
El incumplimiento en la implementación de la consulta previa, libre e informada fue uno de los temas centrales planteados por Echenique.
Según explicó, las comunidades originarias no son consultadas ni informadas sobre la aprobación o avance de proyectos productivos en territorios que identifican como ancestrales.
“Nosotros no somos informados por los canales oficiales ni por las autoridades competentes. Nos enteramos de decisiones que afectan nuestro territorio a través de terceros o medios de comunicación, cuando las decisiones ya están tomadas,” denunció.
Territorios ancestrales y reconocimiento comunitario
Echenique explicó que el pueblo Huarpe está asentado en varias zonas del este sanjuanino, donde mantienen un fuerte vínculo cultural, social y espiritual con la tierra. En este sentido, remarcó que el reconocimiento de los territorios ancestrales y comunitarios es fundamental para preservar su identidad y modo de vida.
“El territorio para nosotros no es sólo un espacio físico. Es nuestra historia, nuestra cultura y nuestra forma de vivir,” subrayó.
El representante también aclaró que los reclamos no buscan detener ni obstaculizar el desarrollo económico ni los proyectos productivos, sino que están dirigidos a exigir que se respeten los derechos consagrados por ley.
“Queremos que las actividades productivas se desarrollen, pero con un diálogo real y respetando nuestras formas de vida y derechos,” puntualizó.
“Nosotros no somos informados por los canales oficiales ni por las autoridades competentes. Nos enteramos de decisiones que afectan nuestro territorio a través de terceros o medios de comunicación, cuando las decisiones ya están tomadas».
La necesidad de una voluntad política clara
En sus declaraciones, Echenique manifestó que la problemática actual responde en gran medida a una falta de voluntad política para aplicar y hacer cumplir la normativa vigente.
“Si existiera la voluntad política, podríamos trabajar en conjunto. Pero hasta ahora no ha habido ese compromiso real,” aseguró.
Contexto legal y social
El reclamo de la comunidad Huarpe en San Juan se inscribe en un marco legal que incluye normas nacionales y tratados internacionales ratificados por Argentina.
- El artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional reconoce a los pueblos originarios preexistentes y garantiza la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.
- La Ley 26.160, sancionada en 2006, establece un relevamiento territorial para identificar dichas tierras y suspende desalojos hasta tanto se concluya este proceso.
- Por su parte, el Convenio 169 de la OIT, ratificado por Argentina en 2000, obliga a las autoridades a consultar a las comunidades indígenas antes de implementar proyectos que puedan afectar sus derechos territoriales, culturales y sociales.
Echenique hizo referencia a estos instrumentos legales para sustentar la exigencia de su pueblo en el cumplimiento y respeto de los derechos indígenas, advirtiendo que no es suficiente la promulgación de leyes sino su aplicación efectiva.
Un llamado al diálogo respetuoso
El representante del pueblo Huarpe concluyó su diálogo con ACERO Y ROCA reafirmando la disposición de la comunidad para entablar un diálogo constructivo con las autoridades y empresas involucradas en proyectos productivos.
“Nosotros estamos abiertos al diálogo y queremos participar en las decisiones que afectan nuestro territorio. Pero el diálogo debe ser con respeto, y debe basarse en el cumplimiento de la ley,” concluyó.