San Juan: nuevo decreto minero agiliza impacto ambiental y refuerza control

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Evaluación más clara y menos burocrática

En diálogo con ACERO Y ROCA, la abogada especialista en derecho minero Alejandra Caneva analiza el alcance del decreto provincial 7/2024 provincial, sancionado en diciembre de 2024, que regula los informes de impacto ambiental en San Juan. La profesional destaca que la norma complementa la Ley Nacional 24.585, agiliza los procesos administrativos y refuerza los mecanismos de control y participación ciudadana en la actividad minera

Por Luciana Vignoli

Pilas de carpetas con el título "INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL" en primer plano, con un río de agua cristalina y una zona verde con árboles en un lado, y en el fondo, desenfocado, se vislumbra una operación minera.

Los Informes de Impacto Ambiental son clave para la transparencia y el control en la actividad minera, reflejando el equilibrio entre producción y sostenibilidad

Decreto 7/2024: Marco legal y novedades en San Juan

Para comprender el alcance de esta normativa, Caneva explica que en Argentina rige el Código de Minería de la Nación y la Ley 24.585, sancionada en 1995, que incorpora el Régimen de Protección Ambiental para la Actividad Minera. Esta normativa establece la obligatoriedad de presentar informes de impacto ambiental (IIA) en las tres etapas de la actividad: prospección, exploración y explotación. Una vez aprobados, los informes derivan en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que debe actualizarse cada dos años y contemplar ampliaciones en caso de modificaciones en los proyectos.

Esta ley es nacional, pero es bastante flexible porque cada evaluación ambiental es distinta en cada provincia, porque esta ley le permite que cada provincia regule como va a ser la evaluación ambiental o cuales van a ser las autoridades de aplicación. En San Juan, como autoridad de aplicación tenemos el Ministerio de Minería y se complementa con C.I.P.C.A.M.I”, señala.

Respecto al decreto provincial 7/2024, Caneva afirma que “este decreto que ha salido ahora en diciembre del 2024 complementa a la Ley 24.585, porque da más precisión en la normativa, unifica criterios para los informes y, sobre todo, quita burocracia administrativa”. Una de las innovaciones clave del decreto es la diferenciación en los procesos de control, adaptándolos al tamaño y la complejidad de cada iniciativa minera.

Retrato de la abogada Alejandra Caneva sonriendo, experta en legislación minera.

La abogada Alejandra Caneva, especialista en derecho minero, analiza las implicaciones del Decreto 7/2024 para San Juan.

Clasificación de proyectos y autoridades de control

La profesional remarca que a través del decreto “se hace la distinción entre grandes proyectos y pequeños proyectos. De acuerdo a si el proyecto es grande o pequeño, va a cambiar también la autoridad de control. Los grandes proyectos están bajo la CIAM, una comisión interdisciplinaria, y los pequeños bajo la DEAM, la Dirección de Evaluación Ambiental”.

Criterios para proyectos mineros

Mapa ilustrando la clasificación de proyectos mineros en San Juan, Argentina

El Decreto 7/2024 clasifica los proyectos mineros para una evaluación ambiental más eficiente y adaptada a cada escala

La clasificación de proyectos en pequeños, medianos y grandes, se realiza de acuerdo a reservas y volumen de producción:

  • Pequeños: menos de un millón de onzas de oro y hasta 8.000 toneladas diarias de mineral.
  • Medianos: entre uno y cinco millones de onzas, y entre 8.000 y 25.000 toneladas diarias.
  • Grandes: más de cinco millones de onzas o más de 25.000 toneladas diarias.

“Eso es lo que hace este decreto: mejora los mecanismos de evaluación y quita la burocracia. Como que son más eficaces las evaluaciones”, afirma Caneva y remarca que se trata de una norma provincial que solo rige en San Juan.

La participación ciudadana: Un eje fundamental del control ambiental

Es importante destacar que la participación ciudadana ya está contemplada en los informes de impacto ambiental. “Los informes tienen un procedimiento que incluye audiencia pública, donde se hacen observaciones que la autoridad minera tiene en cuenta al momento de declarar la DIA. Cualquier ciudadano puede pedir información, que es pública y está disponible tanto en el Boletín Oficial como en la página del Ministerio de Minería”.

Beneficios y exigencia del nuevo marco normativo

En este contexto, consultada sobre la necesidad del decreto 7/202, Alejandra Caneva responde que “más que modificación, diría que es una complementación. No me parece mal porque quita toda la burocracia administrativa, que genera gasto al Estado. Eso no significa ser más flexibles en los controles, de ninguna manera. Yo no veo que las evaluaciones sean más laxas, diría todo lo contrario”.

La profesional remarca que todos los proyectos mineros de San Juan deben respetar este decreto y que la autoridad minera tiene la facultad de aplicar sanciones, suspender proyectos e imponer multas en caso de incumplimiento.

San Juan: referente en transparencia y control minero

Para finalizar, Alejandra Caneva resalta que San Juan es una de las provincias, sobre todo en la parte de control ambiental, más clara en las normativas, más completa y la más exigente, porque justamente al tener el control ambiental sobre los proyectos mineros, refuerza la participación de la ciudadanía y la licencia social que es fundamental en una provincia que no tiene soja ni campos fértiles, pero sí montaña. La minería es un recurso muy importante y debe ser transparente y controlada”.

 

 

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