Mercosur-UE y minería: ABECEB desglosa la letra chica de un acuerdo clave para el cobre

La reciente confirmación de los avances en el acuerdo comercial entre el Mercosur y la Unión Europea ha generado interrogantes específicos en el sector extractivo argentino. Ante este nuevo escenario, y para desglosar la letra chica del tratado y su impacto real en la industria, ACERO Y ROCA entrevistamos a Laura Natacha Izquierdo González, Directora de Operaciones de la consultora ABECEB.
Por Yenhy Navas

El análisis técnico permite comprender cómo interactúa este tratado con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), los plazos reales para la eliminación de aranceles y las exigencias ambientales que definirán el futuro de las exportaciones de litio y cobre hacia el viejo continente.
¿Cuándo bajan los aranceles a la exportación?
Uno de los puntos centrales para la planificación financiera de los proyectos mineros es el tratamiento de los aranceles de exportación. Sin embargo, es crucial moderar las expectativas inmediatas: según la información aportada por ABECEB, el beneficio de la eliminación de barreras no será automático tras la firma del acuerdo.
Izquierdo González aclaró que el tratado contempla un esquema progresivo. “El objetivo es eliminar barreras arancelarias en un periodo que puede extenderse entre 5 y 10 años tras la entrada en vigor efectiva del acuerdo”, señaló.
En consecuencia, este dato resulta vital para las proyecciones de flujo de caja: la reducción de aranceles no será “cero” el primer día. Por el contrario, se concretará conforme avance el cronograma pactado en el “Anexo de eliminación de aranceles”. Para los minerales críticos, como el litio y el cobre, aplicará esta misma lógica de liberalización gradual.

RIGI y Acuerdo UE: Doble tracción para inversiones
Ante la consulta sobre la competencia por capitales globales, especialmente frente a las inversiones asiáticas que han liderado el sector en la última década, el análisis destaca la interacción entre el acuerdo internacional y la normativa local.
Si bien es posible que, por los tiempos de aprobación legislativa, el acuerdo no conviva de manera simultánea e inmediata con el inicio del RIGI, ambos instrumentos se complementan conceptualmente. La directora explicó la distinción funcional entre ambos: “El tratado con la Unión Europea otorga acceso preferencial al mercado europeo, mientras que el RIGI aporta estabilidad macro-regulatoria de largo plazo”.
La combinación de ambos factores genera un escenario de competitividad específico. Mientras el acuerdo asegura reglas previsibles para la exportación, el RIGI garantiza certidumbre fiscal, cambiaria y regulatoria por un plazo de 30 años.
“Esta combinación resulta particularmente atractiva para inversores europeos, más sensibles al riesgo institucional y a los estándares ESG”, afirmó la entrevistada. De este modo, Argentina se posiciona en mejores condiciones para competir por inversión extranjera directa europea.
Impacto en costos: Maquinaria y tecnología
El acuerdo no solo afecta la salida de productos, sino también la entrada de insumos. Esto impacta directamente en la estructura de costos operativos (OPEX) y de capital (CAPEX). El tratado incluye la reducción de costos para maquinaria y tecnología de origen europeo necesaria en los yacimientos.
No obstante, al igual que en las exportaciones, este beneficio no es inmediato. Según detalló Izquierdo González, el equipo minero queda comprendido dentro de los bienes industriales cuyos aranceles se eliminan de manera gradual.

“Podría interpretarse que el equipo minero queda comprendido dentro de los bienes de capital e industriales, cuyos aranceles no se eliminan de forma inmediata”, indicó. Por lo tanto, las mineras verán una reducción progresiva del costo de incorporar tecnología europea.
Reglas de origen: ¿Se exige procesamiento local?
Una inquietud histórica en la minería nacional es si los tratados de libre comercio condicionan las exportaciones al agregado de valor local. En este aspecto, el análisis del texto oficial trae tranquilidad al sector exportador de materias primas: las reglas de origen no imponen una exigencia general de industrialización local para acceder a los beneficios.
La especialista fue contundente: “El acuerdo establece que los productos ‘enteramente obtenidos’ en el territorio del Mercosur —como los minerales extraídos— pueden ser considerados originarios”.
En otras palabras, siempre que se cumplan los criterios técnicos, no se exige un grado mínimo adicional de transformación industrial. Esto habilita la exportación de minerales bajo trato preferencial “sin condicionar el acceso al mercado a procesos de refinación”.

Normas ESG: La «letra chica» ambiental
El marco regulatorio europeo introduce variables no arancelarias vinculadas a la sustentabilidad. Específicamente, el acuerdo incorpora compromisos que condicionan el comercio al cumplimiento de normativas ambientales vigentes y a la implementación del Acuerdo de París.
Aunque Izquierdo González aclaró que el tratado “no fija métricas técnicas concretas de trazabilidad ni umbrales específicos de huella de carbono para los minerales por el momento”, sí establece un marco legal que habilita a la Unión Europea a exigir mayor transparencia en el futuro.

Esto significa que habrá una creciente presión regulatoria sobre el origen y la forma de extracción. La trazabilidad de las cadenas de suministro será una condición sine qua non para mantener el acceso preferencial al mercado.
Beneficios indirectos: proveedores y acceso a financiamiento
Finalmente, el acuerdo abre un panorama interesante para la cadena de valor local. Se crea una ventana real para que proveedores y empresas de servicios argentinos se integren a cadenas europeas.
Aun así, la experta advirtió que el tratado “no garantiza inserción automática, pero mejora las condiciones para competir”. El diferencial radicará en las capacidades técnicas y la alineación con los estándares ambientales europeos.

Por último, en cuanto al financiamiento, el acuerdo funciona como un facilitador indirecto. Si bien no abre automáticamente el crédito del Banco Europeo de Inversiones (BEI), “mejora de manera indirecta las chances de acceso al reforzar la previsibilidad jurídica”. Según la visión de ABECEB, el acuerdo actúa como un sello de coherencia institucional que vuelve a los proyectos más “financiables”.