Día clave en el Congreso: Reforma Ley de Glaciares e impacto en las inversiones

Este jueves, el Congreso define el futuro de la cordillera. En medio de la tensión por la reforma de la Ley de Glaciares, el especialista Favio Casarin analiza para ACERO Y ROCA cómo la actual incertidumbre jurídica impacta en las inversiones mineras. Los puntos clave del nuevo proyecto y el impacto real sobre los proyectos metalíferos que esperan luz verde en la región.
Por Yenhy Navas

¿Qué carencias científicas tiene la ley actual?
Favio Casarin, es asesor, profesor de Recursos Naturales y Medio Ambiente y consultor independiente, al evaluar el texto legal de 2010, identifica deficiencias técnicas sustanciales, principalmente derivadas de su enfoque generalista. El marco actual prohíbe las actividades productivas de manera uniforme, sin distinguir las particularidades geológicas y glaciológicas de cada zona.

«Pareciera que glaciares y ambiente periglaciar es la misma cosa. Y por supuesto no lo es», advierte el especialista. La ley no identifica los diferentes tipos de glaciares existentes, aplicando la misma restricción a un glaciar de casquete, a un glaciar de escombros o a pequeños glaciares de circo.
El punto central del conflicto radica en la falta de medición del aporte hídrico real de cada cuerpo de hielo. Si bien el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) elaboró un inventario por orden de la ley, este trabajo fue solo de carácter cualitativo y de identificación geográfica.
Por lo tanto, la normativa impone una prohibición generalizada sin determinar la importancia hídrica de cada glaciar para su cuenca. «No puede estar la prohibición sobre algo que no cumple una función específica, no es una reserva hídrica importante, ni va a afectar ningún abastecimiento de agua, ni ahora, ni en el futuro«, detalla.
Estudios de impacto ambiental: la propuesta para que hable la ciencia y no el prejuicio

Para subsanar esta carencia, el proyecto de reforma propone un cambio de enfoque basado en la ciencia. Se busca establecer que, ante la presentación de un proyecto productivo en una zona catalogada como ambiente glaciar o periglaciar, las autoridades provinciales deban exigir un estudio de impacto ambiental e hidrogeológico exhaustivo. El objetivo es determinar con precisión técnica la capacidad productora de agua de esa geoforma en particular antes de aplicar una prohibición absoluta.
Ley de Glaciares y Constitución: ¿Existe un conflicto legal?
Frente a los cuestionamientos de sectores que argumentan que la reforma vulneraría el Artículo 41 de la Constitución Nacional al reducir los presupuestos mínimos de protección ambiental, el especialista descarta de plano esta colisión legal.
En este sentido, el consultor sostiene que «No está bajando para nada el umbral de protección ni el piso de protección. Lo que está haciendo es clasificar a los glaciares o pedir que se clasifiquen, que se estudien intensivamente cada uno de ellos cuando esté comprendido o pueda estar afectado por alguna actividad productiva«, afirma.
El rol de las provincias frente a los recursos
Otro punto de debate es la intervención de las provincias en una ley de presupuestos mínimos dictada por la Nación. Casarin recuerda que el Artículo 124 de la Constitución Nacional establece que las provincias son las titulares del dominio originario de sus recursos naturales.
Además, fundamenta su postura en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2019, el cual dictaminó la necesidad de un «federalismo de concertación». Esto implica amalgamar las experiencias y necesidades tanto de la Nación como de las provincias para la toma de decisiones, un principio que el actual proyecto de reforma respeta estrictamente.

La incertidumbre regulatoria que frena nuevas inversiones
La falta de precisión en la ley actual impacta de forma directa y severa en la planificación de nuevas inversiones mineras. Los principales recursos metalíferos de Argentina se ubican en la zona cordillerana, donde coexisten con estas geoformas. La prohibición absoluta e indiscriminada genera un escenario de alto riesgo para los capitales.
Como resultado directo, «ningún inversor, con esta ley que es generalista, amplia, que no distingue entre glaciares que tengan el aporte hídrico importante o no, va a venir a invertir en esa situación«, señala el experto. Esta parálisis afecta directamente a desarrollos cruciales a nivel nacional y regional.
El cobre sanjuanino en pausa: tres megaproyectos que dependen de la seguridad jurídica
En este escenario de incertidumbre, se ven particularmente afectados los tres grandes proyectos de cobre ubicados en la provincia de San Juan. Casarin subraya que el cobre es un mineral esencial para abandonar las energías fósiles y avanzar hacia la transición energética global. Si el marco normativo no brinda seguridad jurídica mediante el respaldo científico, estas inversiones millonarias quedan en pausa.
Protección ambiental y minería
Lograr una articulación efectiva entre el cuidado del medio ambiente y el desarrollo económico es posible, siempre que se sustente en evidencia científica.
«Si existe un glaciar que tiene un aporte hídrico importante a una cuenca hidrogeológica, por supuesto que ese glaciar no se puede tocar. Ahora, si no lo tiene, ¿qué sentido tiene preservar algo en su integridad que no tiene ningún aporte significativo?», cuestiona Casarin.
El problema actual, según su visión, es que muchos de los especialistas en derecho ambiental y constitucional que rechazan la reforma desconocen las diferencias técnicas entre los tipos de glaciares y las dinámicas reales de las cuencas hídricas.
El futuro minero: Argentina frente al modelo de Chile
De no resolverse estas tensiones legales y mantenerse la redacción de 2010, Argentina se encamina a perder oportunidades históricas en la producción de cobre, litio, plata y oro. Los capitales internacionales, ante la falta de viabilidad local, redirigirán sus inversiones hacia países vecinos como Chile, Perú o Bolivia y mercados como Australia.

El docente ilustra esta pérdida de competitividad con datos concretos: Argentina posee 17.000 glaciares identificados cualitativamente y una industria frenada. Por el contrario, Chile, con un territorio cuatro veces menor, carece de una ley específica de glaciares (posee una ley general de ambiente) y lleva 400 años desarrollando minería. Hoy, el país vecino cuenta con más de 3.000 minas en producción y es el principal exportador de cobre del mundo.
«Si se hubiera afectado el aporte hídrico de los glaciares (…) obviamente que Chile se tendría que haber quedado sin agua a esta altura», razona el especialista. Mientras Chile exporta más de 60.000 millones de dólares anuales en minerales, Argentina exporta diez veces menos. «La verdad que sería catastrófico que el país pierda estas oportunidades por negarnos a estudiar, por negarle la posibilidad a la ciencia de que nos ayude», concluye.
La verdadera certeza jurídica, finaliza Casarin, no se logra con prohibiciones ciegas, sino incorporando tecnología y estudios científico-técnicos precisos que midan con exactitud el aporte hídrico de cada formación.