El Ministerio de Minería de San Juan activó un esquema de asesoramiento presencial en el Centro Cívico para guiar a propietarios y pymes en el registro de minas de tercera categoría (calizas, yeso, arenas y rocas de aplicación). La tramitación de estos expedientes exige la presentación obligatoria del Informe de Impacto Ambiental y la inscripción formal en el Registro de Productores Mineros para garantizar operaciones bajo el marco legal vigente.

Minerales industriales y de construcción: el corazón de la tercera categoría
Los minerales de tercera categoría, según lo tipificado por el Código de Minería argentino, son aquellos de uso común en la construcción y la industria. Al respecto, estas sustancias se caracterizan principalmente por su abundancia en la naturaleza y por requerir esquemas operativos de menor complejidad extractiva en comparación con los yacimientos metalíferos. En este grupo regulado se incluyen, entre otros recursos, las arenas, gravas, arcillas, yeso, calizas y diversas rocas de aplicación.
A diferencia de los proyectos de cobre u oro, su aprovechamiento comercial suele estar vinculado directamente a canteras y actividades productivas a menor escala. Por lo tanto, estos yacimientos poseen un fuerte anclaje en el desarrollo económico local. En San Juan, este tipo de recursos no metalíferos cumple hoy un rol clave en la cadena de provisión de materiales críticos para el desarrollo de la obra pública y privada.
Asesoramiento técnico en el Centro Cívico: el punto de partida del trámite
Ante el aumento de consultas por parte de propietarios que cuentan con terrenos con potencial minero o canteras identificadas, el Ministerio de Minería habilitó instancias de acompañamiento técnico y legal. El objetivo principal de las áreas de atención al público es ordenar los datos catastrales disponibles, identificar fehacientemente el tipo de recurso mineral en el terreno y determinar el encuadre normativo correspondiente.
El proceso de orientación presencial puede consultarse de forma directa en las dependencias de la Secretaría Técnica. Las oficinas se encuentran ubicadas en el 5to piso, Núcleos 7 y 8 del Centro Cívico de San Juan.
El proceso paso a paso: exigencias ambientales y administrativas
A partir de la primera asistencia institucional, se delimita el mapa de ruta técnico para dar inicio formal al expediente minero de tercera categoría. El proceso contempla de manera estricta tanto los aspectos administrativos generales como las auditorías técnicas del terreno.
La gestión del informe ambiental obligatorio
El requisito más indispensable y excluyente para habilitar cualquier proyecto de cantera es la gestión del Informe de Impacto Ambiental (IIA). Por consiguiente, este documento técnico debe tramitarse obligatoriamente ante la autoridad ambiental de la provincia, dirigiéndose de forma precisa a las oficinas de la Dirección de Evaluación Ambiental.
Registro de Productores Mineros
Por otra parte, y en paralelo a los estudios de suelo, el interesado debe realizar obligatoriamente la inscripción en el Registro de Productores Mineros de San Juan.
En consecuencia, esta herramienta de fiscalización estatal funciona hoy como el filtro clave para ordenar la actividad extractiva dentro del radio urbano y rural, garantizando que la explotación de los áridos se ejecute dentro del marco legal vigente y proteja la sustentabilidad de las comunidades aledañas.
Requisitos: la hoja de ruta para la concesión de canteras
De acuerdo con el Digesto Oficial de la Cámara Minera de San Juan, el régimen legal de las minas de tercera categoría se encuentra estrictamente regulado por el Código de Minería de la Nación. Al respecto, la normativa establece que, si bien estas sustancias (como calizas, mármoles y arenas) pertenecen originalmente al propietario del suelo, su explotación comercial requiere de manera obligatoria la obtención de una concesión legal otorgada por la Autoridad Minera provincial para garantizar la seguridad jurídica del proyecto.
En este sentido, el instructivo formal de trámites del Ministerio de Minería de la provincia detalla un procedimiento administrativo riguroso que los solicitantes deben cumplir de forma secuencial en las mesas de entrada del Centro Cívico.
Tasas administrativas y aranceles de inicio

Para dar apertura formal al expediente de explotación o descubrimiento, el productor minero debe abonar de manera excluyente los siguientes conceptos fiscales en las cuentas oficiales de la provincia:
- Tasa de Actuación Administrativa: Consiste en un sellado obligatorio equivalente a 10 Unidades Tributarias (U.T.), el cual debe ser gestionado y abonado a través de las ventanillas habilitadas del Banco San Juan.
- Canon Provisional de Tercera Categoría: Un pago de garantía inicial fijado en 50 U.T. por cada solicitud de concesión presentada.
Documentación técnica y planos de mensura obligatorios
Por otra parte, y más allá de los pagos administrativos, la Secretaría Técnica exige la presentación de una carpeta profesional firmada por ingenieros o agrimensores matriculados.
Por consiguiente, el legajo técnico debe contener obligatoriamente el plano de mensura georreferenciado bajo coordenadas oficiales, la delimitación exacta de las pertenencias mineras solicitadas, el título de propiedad del terreno o los contratos de arrendamiento correspondientes, y la constancia de libre deuda fiscal de la Dirección General de Rentas (DGR). Esta rigurosa documentación es la que habilita al Consejo Minero a emitir el dictamen final para la firma de la resolución de concesión definitiva.

Equipo editorial de Acero y Roca. Información técnica, veraz y actualizada sobre el sector minero e industrial de Argentina y el mundo.