Reforma de patentes mineras: la encrucijada legal entre Chile, Argentina y San Juan

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El Senado chileno dio un paso decisivo al eliminar la patente progresiva para frenar los remates de pertenencias. Mientras tanto, en Argentina el canon nacional se afianza mediante la transformación digital obligatoria implementada en la provincia sanjuanina.

Reforma de patentes mineras: la encrucijada legal entre Chile, Argentina y San Juan
En Chile y Argentina, el concepto de patente minera es el pago anual obligatorio que deben abonar los titulares de concesiones para mantener la vigencia de sus derechos de exploración o explotación.

La reforma en Chile: fin a la escala progresiva y alivio para pequeños productores

Con una amplia mayoría de 37 votos a favor y un voto en contra, la Cámara Alta del Congreso chileno despachó a su tercer trámite constitucional el proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo, encabezado por el presidente José Antonio Kast. La iniciativa busca corregir las distorsiones introducidas por la anterior Ley N° 21.420, cuyos esquemas escalonados provocaron que el costo promedio por hectárea se incrementara un 200% y los remates de propiedades aumentaran un 80%.

El corazón del proyecto modifica los artículos 142 bis y 142 ter del Código de Minería chileno, eliminando los cobros progresivos que llegaban hasta las 12 UTM por hectárea en concesiones de explotación sin desarrollo. En su lugar, se establece una patente general fija de 0,4 UTM por hectárea y una patente rebajada de 0,1 UTM para quienes acrediten trabajo productivo, evaluación ambiental mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA) o avances en permisos sectoriales.

El biministro de Economía y Minería de Chile, Daniel Mas, destacó la trascendencia del acuerdo político tras la votación: “Este primer proyecto del gobierno entrega una señal muy potente: Chile puede volver a ponerse de acuerdo para crecer. Queremos menos burocracia, más certezas y más oportunidades para producir, invertir y, sobre todo, generar empleo”.

infografia sobre patentetes mineras argentinas y chilenas
 Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

Luces y sombras: el debate entre gremios y académicos

Pese al respaldo parlamentario, la tarifa plana genera marcadas discrepancias en el ecosistema minero chileno. Desde la Agrupación Nacional de la Pequeña y Mediana Minería y de Dueños de Concesiones Mineras (AGRUMIN), su presidente, Patricio Gatica, advirtió sobre las barreras burocráticas que persisten ante el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin). Según Gatica, la alta tasa de rechazo de antecedentes termina forzando a pequeños mineros a pagar la tasa de 0,4 UTM (cuatro veces más alta), exponiéndolos al remate de sus pertenencias.

En la misma línea, el vicepresidente de AGRUMIN, Fernando Gattas, remarcó el rol de los pequeños cateadores: “Si Chile quiere más exploración, tiene que cuidar a sus exploradores”. Por su parte, la Sociedad Nacional de Minería (SONAMI) valoró la simplificación, aunque sostuvo que el sistema debe basarse en un pago cierto que reduzca la discrecionalidad administrativa.

En la acera opuesta, el exministro de Hacienda Ignacio Briones criticó severamente la supresión del costo creciente por no uso: “Ganan incumbentes con concesiones ociosas: desaparece el costo creciente que incentiva a usarlas o liberarlas para que otros lo hagan. Pierden la minería, la inversión y el crecimiento”. No obstante, consultores como Juan Ignacio Guzmán, gerente general de GEM Mining Consulting, argumentaron que encarecer artificialmente la pertenencia no garantiza la exploración y que una brecha estable entre 0,1 UTM y 0,4 UTM genera incentivos suficientes sin castigar los tiempos geológicos.

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El sistema argentino: marco nacional y la vigencia del Código de Minería

A diferencia del modelo chileno enfocado en la patente como único instrumento de amparo, la Argentina rige su actividad bajo la Ley N° 1919 (Código de Minería de la Nación, sancionado en 1886). En este cuerpo normativo, las minas constituyen un bien privado del Estado (Nacional o Provincial) concedido a particulares por tiempo ilimitado a través de dos condiciones esenciales de amparo: el pago del canon minero anual por pertenencia (artículo 213) y la ejecución de un plan de inversión de capital fijo (artículo 217).

En cuanto al régimen de caducidad, el Código argentino determina que la falta de pago durante dos meses posteriores al vencimiento provoca la caducidad ipso facto del derecho. Sin embargo, la ley nacional contempla un mecanismo de rescate que permite al titular regularizar la deuda dentro de un plazo de 45 días mediante el pago del canon actualizado más un recargo del 100% (o del 20% según la reglamentación procesal aplicable), tras lo cual, de persistir el incumplimiento, la superficie queda vacante.

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La vanguardia de San Juan: Padrón Minero Digital y gestión online

En este contexto federal, el Gobierno de San Juan, a través del Ministerio de Minería de San Juan, se posicionó a la vanguardia operativa mediante la formalización en el Boletín Oficial de la obligatoriedad del Sistema Integral Minero (SIM). Desarrollada con recursos provinciales, mano de obra local y el financiamiento del Consejo Federal de Inversiones (CFI), la plataforma contó con la participación de pasantes de la Universidad Nacional de San Juan, quienes digitalizaron más de 120 libros de protocolo histórico.

infografia sobre canon minero en san juan
 Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

El SIM eliminó de manera definitiva la gestión en papel de archivos con más de 150 años de antigüedad, centralizando en el portal oficial los siguientes servicios técnicos y fiscales:

  • Consulta pública e inmutable del Padrón Minero Digital y el catastro.
  • Cálculo automático de liquidaciones y verificación de estados de deuda del canon.
  • Emitido de boletas y acreditación inmediata de pagos electrónicos.
  • Control estricto de plazos de caducidad y procesamiento automatizado del período de rescate con recargo del 20%.

Gracias a este ordenamiento, la provincia precisó su catastro oficial en un total de 1.771 minas registradas, de las cuales 790 se encuentran debidamente mensuradas. Para garantizar la inclusión de pequeños productores y usuarios locales, la Secretaría Técnica habilitó además una unidad de autogestión presencial dotada de equipamiento informático y estaciones de escaneo de expedientes.

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