La cordillera del norte chileno vuelve a transformarse en el escenario de una intensa disputa legal y socioambiental. De esta manera, el mercado minero regional asiste a un nuevo e importante revés para las grandes corporaciones transnacionales. El Servicio de Evaluación Ambiental determinó congelar de manera oficial la ejecución del Proyecto de Prospección El Alto, una iniciativa que impulsa Barrick en un sector aledaño a lo que fue el polémico yacimiento Pascua Lama.

El permiso que viabilizaba las obras quedó formalmente en pausa por orden de la autoridad regulatoria. La medida surge tras la presentación de múltiples recursos de reclamación interpuestos por agrupaciones vecinales, comunidades originarias y juntas de riego. Estos actores civiles buscan invalidar el permiso que autoriza su ejecución, el cual había sido otorgado a comienzos de este año por los organismos técnicos de la Región de Atacama, en Chile.
Los detalles técnicos de la prospección en el área de Pascua Lama
Con el propósito de obtener información geológica y metalúrgica precisa de la zona, la firma de capitales globales proyectó una inversión de 35 millones de dólares. El objetivo principal de estas faenas de exploración consiste en reducir la incertidumbre a futuras inversiones dentro del bloque cordillerano. De este modo, la empresa busca determinar la viabilidad real de los recursos minerales remanentes en el sector.
El diseño operativo del proyecto contempla las siguientes especificaciones:
- La habilitación de 43 plataformas superficiales distribuidas en la alta cordillera.
- La realización concreta de 62 sondajes mineros a través de los bloques autorizados.
- Un cronograma de perforación que se iniciaría el segundo semestre del 2026.
- Un esquema de desarrollo dividido temporalmente en dos temporadas estivales.
- La generación de aproximadamente 75 empleos por período, priorizando la contratación de mano de obra local.

A principios de este año, la Comisión de Evaluación Ambiental de Atacama había autorizado su ejecución al aprobar la Declaración de Impacto Ambiental presentada por la empresa. Dicha votación concluyó en la COEVA con nueve votos a favor, una abstención y ningún voto en contra, otorgando así la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental. Sin embargo, las objeciones comunitarias frenaron de raíz las proyecciones de la junta directiva.
La ofensiva legal comunitaria que paralizó las resoluciones de la COEVA
Por un lado, de acuerdo al expediente abierto de la iniciativa en el Servicio de Evaluación Ambiental, Barrick enfrenta dos frentes de impugnación muy marcados contra su RCA. En el primer flanco, la Comunidad Indígena Diaguita Alta Cordillera, el Comité Ambiental Comunal de Alto del Carmen y la Junta de Vigilancia de la Cuenca del Río Huasco y sus afluentes, junto a varios particulares, presentaron recursos de reclamación ante la autoridad ambiental. Los escritos de oposición formal fueron expuestos entre la primera mitad de marzo y fines de abril, incorporando además las respuestas de la empresa.
Atendiendo a la gravedad de los fundamentos expuestos por los denunciantes, el director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, Arturo Farías, tomó una determinación tajante el pasado 17 de abril. La autoridad nacional decidió admitir a trámite las reclamaciones y suspender el avance del proyecto minero. Según consta en la resolución oficial, la paralización se mantendrá «mientras se evacúan los trámites necesarios para la adecuada resolución del procedimiento».

Nuevos flancos abiertos y requerimientos a la Municipalidad
Por el otro, un segundo frente administrativo incrementa la presión legal sobre las operaciones de la minera transnacional. Esta arista de los reclamos la protagonizan la Comunidad Agrícola Los Huascoaltinos, la Municipalidad de Alto del Carmen y los Regantes del Tramo 1 de la Junta de Vigilancia del Río Huasco.
Con el fin de resolver este apartado institucional, la directora Regional del SEA, Verónica Ossandón, realizó un movimiento clave el pasado 12 de mayo. Mediante una notificación formal, instó al municipio y a la organización de riego a entregar los antecedentes que justifican sus impugnaciones de manera detallada. Las normativas ambientales vigentes estipulan que, una vez cumplido el apercibimiento por parte de los reclamantes, esa autoridad local se pronunciará en la materia para definir el rumbo del conflicto.
Incertidumbre sobre el inicio de la construcción en el segundo semestre
Es oportuno mencionar que la planificación original de Barrick contemplaba iniciar el movimiento de maquinarias pesadas y el montaje de campamentos durante el segundo semestre del 2026. Los ejecutivos de la corporación minera habían manifestado públicamente su satisfacción tras obtener el visto bueno inicial de la COEVA.

De igual manera, la compañía defendió que los distintos servicios y autoridades competentes habían concluido de forma unánime que la DIA cumple con los requisitos técnicos y ambientales establecidos en la normativa vigente. Según los planes de la empresa, esto les permitiría ejecutar una prospección respetuosa de la calidad de vida de la comunidad y el medio ambiente. No obstante, al quedar los permisos suspendidos por el SEA, los plazos constructivos entran en zona de total incertidumbre hasta que se resuelvan las reclamaciones.

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