Tras la sanción de la Ley 2827-M, las operadoras sanjuaninas definen su estrategia para publicar cronogramas de insumos. Un equilibrio entre la previsibilidad para las pymes locales y el resguardo de la confidencialidad técnica en plena era RIGI.

LO ESENCIAL EN 10 SEGUNDOS
La Ley de Desarrollo Local Minero obliga a empresas como Veladero y Los Azules a transparentar sus planes de compras. A través del REPROMIN, deberán publicar cronogramas estimados para que pymes locales compitan, buscando armonizar la libre competencia con el blindaje de la industria provincial ante inversiones internacionales.
Nuevo marco para operadoras y proveedores
La sanción de la Ley de Desarrollo Local Minero (norma 2827-M) marca una nueva relación técnica entre las operadoras y sus proveedores. El artículo 10, inciso 5, de la nueva legislación no anda con vueltas: exige a las mineras dar previsibilidad identificando rubros con una «estimación temporal de fechas probables para la solicitud de adquisiciones». Esta obligación, que busca que las pymes sanjuaninas dejen de «correr de atrás» a los grandes contratos, pone sobre la mesa el debate sobre la confidencialidad y la libertad de mercado.
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Desde la Cámara Minera de San Juan (CMSJ), la postura oficial, emitida semanas antes de la sanción definitiva apunta a la construcción de criterios alineados con las «mejores prácticas internacionales». El desafío es que el Registro de Proveedores Mineros de San Juan (REPROMIN) funcione como un facilitador y no como un obstáculo burocrático que colisione con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
Veladero y Los Azules: La posta sobre la transparencia
Acero y Roca consultó a las áreas de prensa/comunicación de los principales proyectos de San Juan, quienes apuntaron a una voluntad común de adaptación. Desde Veladero, operada por Barrick Gold y Shandong Gold, fueron claros al señalar que la ley marca un «equilibrio razonable entre el desarrollo de proveedores locales y el respetar por la libre competencia». La empresa, que ya cuenta con un rodaje extenso en la provincia, destacó que los Planes de Desarrollo de Proveedores Locales son la herramienta idónea para informar necesidades sin vulnerar secretos comerciales.
«En Veladero venimos trabajando en esta línea desde hace años. Publicamos licitaciones a través de las cámaras de proveedores mineros de San Juan y reportamos periódicamente a la autoridad nuestros niveles de compras desde la oficina de prensa de la mina iglesiana», afirmaron. Para ellos, la ley reconoce excepciones cuando la oferta local no es competitiva en «calidad, capacidad o precio».

Por su parte, el proyecto Los Azules, liderado por Michael Meding, se adelantó a la jugada legislativa. En junio de 2026, iniciaron un programa de comunicación con las cámaras de Calingasta para anticipar la secuencia de bienes y servicios requeridos para la construcción.
Según la empresa, esta transparencia «no compromete las capacidades de cumplimiento, reportabilidad, ni los estándares comerciales y técnicos». Por el contrario, sostienen que «enriquece y fortalece el potencial de contenido local», manteniéndose abiertos a la comparación activa de costos frente al mercado regional.
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El silencio de Altar y Pachón y la cautela de Gualcamayo
Proyectos de peso como Altar, Pachón y Hualilán optaron por el silencio ante la consulta de este medio, dejando una incógnita sobre cómo integrarán sus esquemas de inversión bajo el RIGI con las exigencias del REPROMIN.
En tanto, desde Gualcamayo, la respuesta fue de extrema prudencia: «estamos todavía en proceso de estudio de la normativa y esperando su reglamentación». Consideran que es un momento «muy preliminar» para dar precisiones, supeditando su postura a las conversaciones dentro de la CMSJ.

Esa misma sintonía fue expresada por el proyecto Vicuña, de la empresa Lundin Mining, que se remitió estrictamente a lo manifestado por la cámara empresaria, quienes declararón que «La posición que tenemos es la manifestada por la Cámara Minera días atrás».
La ingeniería de la Ley 2827-M: El REPROMIN como escudo
El artículo 39 lo define el REPROMIN como un registro único, oficial y público que debe funcionar bajo principios de «interoperabilidad y trazabilidad digital». La autoridad de aplicación, el Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan, tendrá la tarea de crear una plataforma donde se visualicen no solo los proveedores certificados, sino las «oportunidades de provisión» detectadas en los planes presentados por las mineras.
La ley intenta blindar la confidencialidad en su artículo 10, inciso 8, mencionando que se debe informar a los proveedores no seleccionados sobre los resultados negativos «atendiendo a los requisitos de confidencialidad aplicables a cada caso». Este es el punto de equilibrio que las operadoras exigen: transparentar el «qué» y el «cuándo» se va a comprar, pero sin revelar el «cómo» o la ingeniería de costos que sustenta sus contratos globales.
Multas y cumplimiento: El nuevo tablero de juego
Para que la transparencia no quede en una expresión de deseos, la Legislatura de San Juan, por impulso del diputado Franco Aranda, elevó las sanciones a niveles históricos. El incumplimiento en la presentación de los planes o la omisión de información sobre el avance de los mismos puede derivar en multas de hasta 200.000 unidades tributarias. Como señaló la diputada Marisa López, este control estará integrado directamente a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), lo que le da una jerarquía de cumplimiento ambiental y social ineludible.

Periodista especializada en gestión minera, sustentabilidad y desarrollo regional. Con un enfoque centrado en la transparencia y la comunicación estratégica, analiza el impacto de la industria en las comunidades y el marco institucional del sector. En Acero y Roca, es la voz encargada de desglosar los desafíos de la licencia social y los procesos de modernización minera.