Ética y prevención: las bases de la abogacía moderna en la minería actual

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El ejercicio moderno de la abogacía debe abandonar el enfoque reactivo y asumir un papel estratégico en la prevención de riesgos. Ante esta mirada el compliance resulta una herramienta de gestión integral que trasciende el cumplimiento normativo e incorpora ética, transparencia y protección de la reputación empresarial.

Equipo multidisciplinario analiza una matriz de compliance en minería y gestión de riesgos con una operación minera de fondo.
La gestión preventiva mediante programas de compliance permite identificar riesgos legales, ambientales y reputacionales antes de que afecten la operación minera. Contenido Original de ACERO Y ROCA. Prohibida su reproducción.

Qué es el compliance en minería y por qué cambia el rol del abogado

En el Salón Pablo Ramella del Foro de Abogados de San Juan la charla «Abogacía, Compliance y Minería en San Juan», organizada por el Instituto Interdisciplinario de Derecho Ambiental y Minero.
La exposición estuvo a cargo de Federico Norte García, abogado con certificación internacional en compliance, mediador y administrador de contratos, docente y secretario de la Fundación Avanza Argentina.

El profesional desarrolló los principales conceptos vinculados al compliance aplicado al sector minero y explicó cómo evolucionó el rol del abogado dentro de las organizaciones. «Cuando una empresa necesita un abogado, necesita que prevenga los problemas no que los solucione, porque generalmente la solución aún buena llega tarde, y cuando llega tarde no termina siendo una solución verdadera».

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Elementos judiciales y el libro de la constitución
La abogacía actual y la legislación que está surgiendo prioriza la transparencia y la ética. Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

Del abogado litigante al abogado preventivo

Uno de los ejes centrales de la exposición fue la transformación del papel del abogado dentro de las empresas. Norte diferenció el modelo reactivo, enfocado en resolver conflictos judiciales, de un perfil preventivo capaz de diseñar estructuras que reduzcan la exposición a contingencias legales.

Gestión de riesgos en minería mediante programas de compliance

Durante la conferencia también analizó el funcionamiento de las matrices de riesgos utilizadas por las empresas para identificar la probabilidad de ocurrencia de distintos eventos y medir el impacto que podrían generar sobre la organización. A partir de ese análisis, indicó que estos instrumentos permiten priorizar aquellos riesgos cuya consecuencia podría comprometer seriamente la reputación corporativa, incluso cuando la probabilidad de ocurrencia sea baja.

Asimismo explicó que la tarea del abogado consiste en identificar los riesgos legales considerando un universo normativo más amplio que el habitual. Además de la legislación local, señaló que deben analizarse convenciones internacionales, leyes con efectos extraterritoriales y las políticas internas que cada compañía adopta para sus operaciones.

Federico Norte durante la charla sobre compliance en minería realizada en el Foro de Abogados de San Juan.
Federico Norte García explicó cómo el compliance en minería redefine la prevención de riesgos legales y reputacionales en las empresas.

Tratados internacionales que impactan en el compliance minero

Norte dedicó parte de la exposición al impacto de los tratados internacionales en materia de transparencia y prevención de la corrupción. En ese contexto analizó el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo, el cual amplía la responsabilidad empresarial frente a situaciones de discriminación, violencia y acoso laboral.

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Leyes internacionales contra la corrupción y su impacto en empresas mineras

Otro de los aspectos abordados fue la incidencia de normas extranjeras sobre empresas que cotizan en mercados internacionales. El especialista mencionó la UK Bribery Act del Reino Unido, la Foreign Corrupt Practices Act de Estados Unidos y la legislación canadiense sobre corrupción de funcionarios públicos, todas con alcance extraterritorial para determinadas compañías.

Norte señaló que la debida diligencia constituye una herramienta esencial para conocer la integridad de clientes, proveedores y contratistas antes de establecer relaciones comerciales. Ese proceso comprende la revisión de antecedentes judiciales, comerciales y financieros, la incorporación de cláusulas anticorrupción en los contratos y la posibilidad de realizar auditorías cuando resulte necesario.

Reunión de ejecutivos y especialistas en cumplimiento normativo durante la implementación de un programa de integridad en una empresa minera.
Los programas de integridad buscan prevenir riesgos legales, fortalecer la ética empresarial y proteger la reputación de las compañías mineras. Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

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Responsabilidad penal empresaria y programas de integridad

Durante la charla analizó la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, que incorporó responsabilidad penal para las empresas en determinados delitos vinculados con hechos de corrupción. «La normativa prioriza la prevención mediante programas de integridad y contempla beneficios para aquellas organizaciones que implementen mecanismos eficaces de control, colaboren con las investigaciones y se autodenuncien cuando corresponda».

En ese marco señaló que la ley exige la existencia de códigos de conducta, reglas específicas para las contrataciones públicas y programas permanentes de capacitación. Además, recomendó incorporar canales propios de denuncia, políticas sobre regalos y hospitalidades, procesos periódicos de evaluación de riesgos, auditorías contables y la designación de un oficial de cumplimiento.

Compliance, sostenibilidad y criterios ESG en minería

Indicadores ESG y políticas de gobernanza corporativa.
Los criterios ESG forman parte de la estrategia de las compañías mineras para mejorar la gobernanza, el desempeño ambiental y la relación con las comunidades. Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

El especialista abordó la incorporación de criterios ESG, vinculados con aspectos ambientales, sociales y de gobernanza. Al mismo tiempo hizo hincapié en que las organizaciones deben demostrar acciones concretas para reducir impactos ambientales, fortalecer el vínculo con las comunidades y garantizar procesos transparentes de toma de decisiones.

El desafío consiste en evitar que el compliance se convierta únicamente en una herramienta formal o de imagen, ya que ello termina exponiendo aún más a las organizaciones.

El docente resumió el cambio de paradigma que atraviesa tanto a las empresas como al ejercicio profesional de la abogacía. «La abogacía moderna y las leyes que están empezando a surgir pasan más por la transparencia, lo transversal y lo profundamente ético. Tratar de hacer las cosas bien aunque nadie lo tenga que controlar. Ese tiene que ser un poco la base de la cultura del compliance», concluyó.

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