El proyecto de Ley de Desarrollo Local Minero que el Ejecutivo envió a la Legislatura incluye una herramienta poco frecuente en la legislación provincial: un certificado de crédito fiscal transferible para las empresas mineras que cumplan simultáneamente las metas de empleo local y compras a proveedores sanjuaninos. En diálogo con Acero y Roca, el ministro de Producción, Trabajo e Innovación, Gustavo Fernández, detalló el funcionamiento del mecanismo y aclaró que no se trata de una ley de cupos obligatorios.

LO ESENCIAL EN 10 SEGUNDOS
La ley de desarrollo minero propone un crédito fiscal transferible para las empresas que alcancen el 80% de empleo local y el 60% de compras a proveedores sanjuaninos. El ministro Fernández explicó que no es una ley de cupos obligatorios, sino un incentivo. El certificado podrá cederse a proveedores locales. El artículo 25 del proyecto detalla el mecanismo.
“No es una ley de cupos obligatorios”
“La ley no es una ley de cupos obligatorios”, sostiene el ministro de Producción Gustavo Fernández. “Es una ley que plantea un esquema de trabajo basado en planes de desarrollo de empleo y proveedores, que exige a las empresas informar de manera previsible y transparente cuáles van a ser sus demandas”, explicó.
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A partir de esa previsibilidad, la norma exige a las empresas que planteen objetivos de desarrollo de empleo y de proveedores, que serán la base para la evaluación y el cumplimiento de los planes. El objetivo de máxima que plantea la ley es alcanzar el 80% de contratación de empleo local y el 60% de contratación de proveedores locales.
El incentivo: un certificado de crédito fiscal minero

Lo que dice el artículo 25 del proyecto
El artículo 25 del proyecto de ley, titulado “Beneficios por cumplimiento para empresas mineras”, establece textualmente: “Las Empresas Mineras que cumplan simultáneamente y mantengan por un periodo anual, el objetivo de contratación del ochenta por ciento (80%) de Trabajadores Locales y el objetivo de contratación del sesenta por ciento (60%) de adquisiciones con Proveedores Locales […] tendrán derecho a acceder, como beneficio de cumplimiento, a un certificado de crédito fiscal para aplicar contra el pago de impuestos de la Provincia de San Juan.”
Al respecto, el ministro puntualizó que el crédito fiscal es un incentivo para el cumplimiento de esas metas. “En la medida que una empresa a lo largo de un año cumpla de manera simultánea los dos objetivos, el de empleo y el de proveedores, y también que tenga su domicilio legal y fiscal en San Juan (o se comprometa a radicarlo), va a poder acceder a un certificado o a un bono de crédito fiscal”, detalló Fernández.
Paralelamente, el artículo agrega que el certificado podrá ser transferible, total o parcialmente, y por única vez, a proveedores locales inscriptos en el (Registro Provincial de Proveedores Mineros (REPROMIN), según los procedimientos que establezca la reglamentación.
El certificado obtenido, permite a la empresa minera usar ese crédito contra el pago de impuestos provinciales (Automotor, Inmobiliario, Sellos, entre otros). El ministro aclaró que no abarca las regalías, ya que las regalías no son impuestos.
El círculo virtuoso: del crédito fiscal a los proveedores
El dato más novedoso del mecanismo es su transferibilidad. Dado que las empresas mineras no pagan Ingresos Brutos (ningún exportador lo paga), es probable que el monto del certificado exceda la totalidad de los impuestos provinciales que deba pagar la minera. En ese caso, el excedente podrá ser cedido a sus propios proveedores locales.

“El beneficio que obtiene la provincia en la medida que la empresa cumpla con la contratación de empleo local y de proveedores locales es significativamente mayor”, explicó Fernández. “Mientras más contrataciones locales tengamos, el ingreso que va a registrar por recaudación de tributos es mayor. El Estado al contrario va a ganar, porque mientras más valor agregado tengamos en la provincia, más impuestos van a pagar esos proveedores”, completó.
Antecedentes de medidas similares
El esquema de crédito fiscal transferible no es una invención aislada. Existen antecedentes en diferentes niveles que avalan la herramienta:
- En San Juan: el CEMOFI (Certificado de Mano de Obra Formal Industrial) ya permite a las industrias manufactureras descontar hasta $3.000.000 anuales por empleado registrado para el pago de impuestos provinciales. A diferencia del proyecto minero, el CEMOFI no es transferible.
- En el orden nacional: el RIGI (Ley 27.742) contempla la transferibilidad de certificados de crédito fiscal de IVA, una herramienta que la AFIP ya reglamentó y que permite a los grandes proyectos transferir sus saldos a favor (RIGI).
- En Estados Unidos: la Inflation Reduction Act (IRA) permite a empresas con créditos fiscales por energía limpia o manufactura avanzada venderlos a terceros, movilizando más de USD 300 mil millones en inversión privada en 2024 .
- En Canadá: las provincias de Manitoba y Columbia Británica ofrecen créditos fiscales del 20 al 30% a inversores que financian exploración minera a través de flow-through shares.
Lo que distingue al proyecto sanjuanino es que el crédito no se otorga por inversión, sino por cumplimiento de metas sociales concretas, y se transfiere a proveedores locales para fortalecer el entramado productivo de la provincia.
Lo que viene: el tratamiento en la Cámara de Diputados
El proyecto ya está en la Legislatura. De no mediar inconvenientes, la podría tratarse en la próxima sesión de la Cámara de Diputados, prevista para el jueves de la semana entrante. La incógnita sigue siendo el comportamiento del peronismo y de La Libertad Avanza. De sus votos dependerá si San Juan avanza hacia el compre local o si la grieta partidaria termina siendo más fuerte.

Periodista y Licenciado en Comunicación Social, integra el equipo editorial de Acero y Roca. Especializado en actualidad y política minera, se encarga de la cobertura de proyectos y el análisis de la realidad provincial con un enfoque activo y comprometido con la información de primera mano.