Según documentos internos de la Comisión Nacional de Energía Atómica y Dioxitek a los que accedió el portal EconoJournal, el organismo estatal autorizó a la compañía química a transferir y aplicar su tecnología de conversión en esquemas asociativos con firmas internacionales. El acuerdo habilita por primera vez el desarrollo a escala comercial de hexafluoruro de uranio. Se trata de un insumo crítico indispensable en los procesos globales de enriquecimiento para centrales nucleares y reactores modulares avanzados.

La medida destraba el marco corporativo que requería la compañía estadounidense Nano Nuclear Energy para avanzar con una propuesta de inversión de USD 230 millones en la provincia de Formosa. Apunta a completar la Nueva Planta de Uranio (NPU) y montar una unidad complementaria orientada exclusivamente a vender este insumo a los mercados internacionales
La adenda contractual y el salto hacia la industrialización química
El acuerdo suscripto a fines de agosto modificó el Contrato de Servicios Mutuos que regía entre la CNEA y Dioxitek desde 1998. Históricamente, la operadora, cuyo paquete accionario se divide entre la Secretaría de Asuntos Nucleares (51%), la CNEA (48%) y el gobierno de Mendoza (1%), mantenía acotada su licencia a la conversión de concentrado de uranio a dióxido de uranio en su tradicional planta de Alta Córdoba. Se ocupaba del abastecimiento del parque de uranio natural de Atucha I, Atucha II y Embalse, que demandan unas 230 toneladas anuales.
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En este sentido, el plan expone una fuerte paradoja minera. Hoy Argentina importa la totalidad del concentrado de uranio que procesa Dioxitek debido a que los yacimientos propios (como Sierra Pintada en Mendoza o Cerro Solo en Chubut) permanecen frenados por legislaciones provinciales restrictivas o falta de licencia social. Proyectar la industrialización y exportación de derivados de alto valor agregado pone sobre la mesa la contradicción de importar la materia prima teniendo reservas comprobadas bajo el suelo nacional.
A su vez, los reportes confirman modificaciones de fondo en las facultades productivas de la empresa:
- Extensión societaria: Dioxitek quedó facultada de manera expresa para utilizar la tecnología de fabricación en las sociedades comerciales y consorcios en los que participe activamente.
- Cadena completa de beneficiación: La definición de tecnología de fabricación abarca desde ahora la totalidad de las fases, metodologías operativas y procedimientos de conversión química del mineral.
- Producción de un gas derivado del uranio: Se avala el acceso industrial al conocimiento acumulado en el Complejo Tecnológico Pilcaniyeu (CTP), en Río Negro, donde la CNEA preservó durante décadas sus desarrollos de difusión gaseosa y síntesis química.

| Variable técnica y de mercado | Dióxido de uranio (UO2) | Hexafluoruro de uranio (UF6) |
| Destino operativo | Abastecimiento local (Atucha I, II y Embalse) | Exportación a instalaciones de enriquecimiento |
| Tipo de tecnología de reactor | Reactores de uranio natural y agua pesada (CANDU/PHWR) | Reactores de uranio enriquecido (PWR/BWR) y SMR |
| Estado de la materia / Proceso | Sólido cerámico sinterizable para pastillas | Compuesto gaseoso a temperaturas moderadas para centrifugación |
| Instalación proyectada | NPU-1 Formosa (reemplazo de Córdoba) | Planta complementaria de conversión química NPU-2 |
| Horizonte comercial | Cobertura de la demanda de Nucleoeléctrica Argentina | Integración a la cadena de exportación global |
La oferta de Nano Nuclear Energy y la reactivación de Formosa

El telón de fondo de este cambio normativo radica en la oferta formal presentada ante el Ministerio de Economía por Nano Nuclear Energy. La corporación norteamericana diseñó un esquema para capitalizar la inconclusa NPU de Formosa. Esas obras iniciaron en 2014 y sufrieron sistemáticas paralizaciones por restricciones presupuestarias y disputas ambientales.
Asimismo, según expone EconoJournal, el plan de financiamiento privado de USD 230 millones, podría encuadrarse bajo el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). El objetivo apunta a reactivar el complejo sin ceder el patrimonio estatal. El proyecto prevé que Dioxitek conserve la propiedad del predio y de las estructuras civiles existentes. Al mismo tiempo, cede su uso operativo a una sociedad conjunta a cambio del cobro de un canon de usufructo.
La hoja de ruta contempla dos fases industriales claramente delimitadas:
1- Terminar y poner a funcionar la primera planta en Formosa
Abarca incorporar el equipamiento restante, ajustar los protocolos de seguridad y conseguir la habilitación técnica de la ARN para elaborar el uranio de uso local, trasladando definitivamente la actividad de la planta cordobesa a Formosa.
2- Construir una nave para fabricar el gas de uranio exportable
Implica levantar una segunda fábrica para transformar ese insumo en el gas que demandan las plantas de enriquecimiento de Estados Unidos y Europa.
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El origen rionegrino: la tecnología de Pilcaniyeu bajo la lupa
La autorización técnica para elaborar este producto en el país contó con la firma de dos autoridades de la CNEA: Magdalena Villaverde, jefa de Grandes Proyectos, y Pablo Daniel Katz, exgerente de Nucleoeléctrica y actual titular del área de Energía Nuclear.
De esta forma, el dictamen institucional defendió la sinergia comercial entre el laboratorio y la escala manufacturera:

«La autorización de uso permitiría que un desarrollo tecnológico generado y preservado por la CNEA encuentre una aplicación industrial concreta, evitando que el conocimiento acumulado permanezca limitado al ámbito experimental, tecnológico o de investigación y posibilitando su incorporación efectiva a la cadena de valor nuclear. Consecuentemente, entendemos que la Adenda le da un cauce de explotación concreto a través de su sociedad participada, evitando que permanezca ociosa o se desactualice».
Sectores del organismo advierten que el manejo de fluoración a escala industrial involucra compuestos químicos de alta toxicidad y extrema sensibilidad diplomática frente a los regímenes internacionales de no proliferación. Al mismo tiempo, las fuentes técnicas señalan que aún no está saldado si la futura planta formoseña adoptará de forma pura la patente rionegrina de la CNEA o si incorporará ingeniería propia aportada por la firma estadounidense.
Propiedad intelectual y debate patrimonial ante una eventual privatización
Uno de los puntos más controvertidos de la ingeniería legal establecida reside en el Artículo II de la adenda, referido al régimen de propiedad intelectual sobre las eventuales optimizaciones de proceso.
El texto determina que cualquier mejora o innovación que Dioxitek desarrolle a partir de la tecnología cedida pertenecerá con exclusividad a la propia empresa operadora. La CNEA únicamente conservará un «derecho de uso gratuito, no exclusivo e intransferible» sobre dichas actualizaciones, sin facultades para exigir la transferencia plena de los derechos patrimoniales sobre los nuevos desarrollos.
Por último, este desacople cobra especial relevancia ante el debate de fondo sobre el perfil accionario de Dioxitek. Aunque el Congreso excluyó a la compañía del listado privatizador durante la sanción definitiva de la Ley de Bases, el control del 51% del paquete en manos de la Secretaría de Asuntos Nucleares deja abierta la puerta a esquemas de capitalización privada o venta de activos, encendiendo alertas dentro de la comunidad científica sobre la preservación de activos estratégicos forjados con fondos públicos a lo largo de seis décadas.

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