Nota de análisis: La ley ¿nace muerta?. RIGI, pelea por lo local. La mirada de políticos y empresarios

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El gobierno prometió la ley de desarrollo minero para mayo, pero todavía no ingresó. El borrador al que accedió Acero y Roca fija 80% de empleo local y 60% de compras a proveedores sanjuaninos, pero hay dudas sobre el RIGI nacional que blinda a las mineras. Dirigentes sindicales, legisladores y referentes del sector anticipan el nudo del conflicto: “Si choca con el RIGI, se judicializa y la ley queda en la nada”. Mientras tanto, nadie sabe qué dicen los presuntos nuevos artículos del proyecto que aún no se conocen.

Infografía que resume los porcentajes de contratación de la ley de desarrollo minero en San Juan.
La ley de desarrollo minero busca regular la cadena de valor local, abriendo un fuerte debate jurídico en la Legislatura. Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

El ministro de Minería de San Juan, Juan Pablo Perea, lo anticipó en una entrevista exclusiva con Acero y Roca antes del 22 de mayo: “La Ley de Desarrollo Minero (proveedores) se presentará antes de fin de mes”. El plazo se vence hoy viernes. Al cierre de esta edición, el proyecto no había ingresado a la Legislatura provincial. Fuentes parlamentarias confirman que los martes suele haber labor legislativa y que el expediente no llegó. El ingreso se correría, al menos, hasta junio.

Infografía que detalla la tensión jurídica entre la ley de desarrollo minero local y el RIGI.

La postura sindical de Cabello frente al blindaje del RIGI

El diputado provincial del PJ, secretario general de la CGT San Juan y de UOCRA, Eduardo Cabello, conoce la letra fina de la relación entre obra gruesa y minería:

Eduardo Cabello.

“La minería depende de nosotros. Si nosotros no vamos y trabajamos, construimos y le preparamos todo el terreno a la minería, ellos no pueden llegar”

Sobre la ley de proveedores: “Siempre es bueno, principalmente lo que habría que ver es cómo se va a movilizar con el tema del RIGI, porque el RIGI es como que le pone la tapa a todas las cosas”

Eduardo Cabello.

Para Rueda el proyecto establece metas justificables y elude el conflicto judicial

El presidente del Partido Bloquista y diputado provincialLuis Rueda, fue uno de los primeros en presentar un proyecto de desarrollo minero. Tuvo reuniones con el ministro Perea hace aproximadamente un mes y medio. “Nos presentó el proyecto que tenían ellos, que era muy parecido a lo que nosotros habíamos presentado. La diferencia está en algunos porcentajes; nosotros ponemos 70% y ellos ponen 60%”, explica.

Rueda intenta bajar la tensión con el RIGI. A diferencia de Cabello, sostiene que la ley no debería generar conflicto judicial:

Luis Rueda

“No, porque está analizado en base a eso para que no haya ningún problema o planteo judicial por parte de alguna empresa. Lo que se establece son metas a cumplir por parte de las empresas. No es que sea obligatorio, pero sí hay un ida y vuelta con las empresas para que, en caso de que no se cumplan, establezcan por qué no se contrató a un proveedor local. ¿Y si no justifican? Tendrán que explicar por qué tuvieron que contratar una empresa de afuera. Existe la obligación de responder ante el Ministerio de Minería. Surge algún tipo de multas en el caso de que no establezcan el porqué, pero si los motivos son válidos no sufrirán infracción”

Luis Rueda

Pero la letra del artículo 7 del borrador dice objetivo durante su implementación, alcanzar… 60%”. No sugiere, ordena. Y el artículo 19 lista como hecho sancionable no alcanzar los objetivos de contratación comprometido por la Empresa Minera”. La diferencia entre una “meta” y una “obligación” es más que un matiz: es lo que determinará si la ley resiste o no una embestida judicial al amparo del RIGI.

Gráfico del artículo 7 sobre metas obligatorias de la ley de desarrollo minero.

Rueda también pone sobre la mesa la disputa interna que se viene: el primer anillo de prioridad. “Los departamentos mineros, como Iglesia, quieren que quede específico que primero se tendrá en cuenta lo local departamental y después lo provincial. El proyecto habla de San Juan en general y no hace hincapié en eso”, advierte. Y confirma que el proyecto aún no ingresó: “Veremos qué hace el justicialismo, que es un bloque importante. Por ahora no hay novedades”.

Patinella advierte sobre el riesgo de inconstitucionalidad de la norma provincial

El diputado de La Libertad Avanza, Fernando Patinella, lleva la cautela al extremo. No es que esté en contra de la regulación, pero cree que antes de avanzar hay que asegurarse de que la legislación provincial no sea papel mojado o, peor, un dolor de cabeza judicial.

Fernando Patinella diputado La Libertad Avanza San Juan

“He visto proyectos, pero con la cautela de que haya visto tantos presentados anticipadamente. Hasta que no lo presenten definitivamente hay que esperar para hacer las valoraciones. La ley de RIGI precisamente a lo que aspira es a abrir la posibilidad de participación de los proveedores mineros, pero cuando define a proveedores mineros en realidad está hablando de proveedores argentinos, no locales”.

Fernando Patinella.

Patinella no duda al responder si esta ley provincial puede chocar con el RIGI: “El tema es que la reglamentación o la legislación que se dicte en el ámbito de la provincia no vaya a ir en contra de alguna de estas amplitudes que se han fijado en el orden nacional, porque eso implicaría abrir una puerta para la judicialización, que echa por tierra cualquier ley”.

La Libertad Avanza no tiene proyecto propio, aclara Patinella, “porque estamos analizando que guarde relación y no genere conflictividad con la legislación nacional”. Su voto, anticipa, dependerá de que la norma no sea declarada inconstitucional antes de nacer.

Cuadro de sanciones e infracciones previstas en la ley de desarrollo minero.

La crítica de Grau por la exclusión del impacto directo en las comunidades

Si hay una voz crítica con la redacción del proyecto, esa es la de Víctor Alberto Grau, presidente de AITURIC. No discute la necesidad de la ley, sino su concepto más básico: qué se entiende por “local”.

Víctor Grau

“Siguen insistiendo en considerar a todo San Juan como ‘Local’, un grave error de redacción, epistemológico, lógico, político y semántico. Es claramente intencional. La lógica correcta es la de los anillos concéntricos: primero la comunidad de impacto directo (Iglesia, por ejemplo), luego la región, luego la provincia, luego el país, luego el exterior».

Víctor Grau

“Obviamente esto perjudica enormemente a Iglesia y beneficia a San Juan, dejando a Iglesia en el mismo ‘lugar de paso’ que mantiene desde hace 20 años”, denuncia. Y advierte sobre las consecuencias concretas: diluye la prioridad económica del territorio anfitrión, favorece la concentración de infraestructura en centros urbanos ya desarrollados y debilita los ecosistemas económicos genuinos en las comunidades afectadas.

Comparativa de modelos territoriales para la aplicación de la ley de desarrollo minero.

Sobre el RIGI, Grau no deja lugar a la esperanza: “En el marco del RIGI esa ley nace muerta. Y si vive, la más perjudicada será Iglesia”. Su diagnóstico final es duro: “Se reemplaza la geografía real por una abstracción burocrática. Quienes soportan el mayor impacto terminan compitiendo en igualdad nominal con actores a cientos de kilómetros”.

Las demandas de capacitación de la Cámara de Servicios Mineros de Calingasta

Alfredo Amin es miembro de la Cámara de Servicios Mineros de Calingasta y representa a los proveedores que ya están en el terreno. Su mirada es la más práctica de todas: la ley puede ser hermosa sobre el papel, pero si no hay gente capacitada ni proveedores preparados, los porcentajes se caen solos.

Alfredo Amín, representante de la Cámara de Proveedores Mineros de Calingasta

“Cualquier instrumento legal que sirva para sumar algo al proveedor local, que es quien paga los impuestos y toma mano de obra local, es bienvenido. Son los tipos que no se van a ir de Calingasta o de San Juan. Me parece ambiciosa la norma, habla de un 60% de contratación de servicios y un 80% de mano de obra local. Nos va a disparar la urgencia de capacitar gente. No vamos a llegar con la mano de obra requerida para proyectos como Los Azules. Gente sin laburo tenemos para tirar para arriba, pero falta capacitación”.

Alfredo Amín

Gráfico estadístico sobre la brecha de mano de obra para la ley de desarrollo minero en San Juan.

Como varios de sus colegas, Amin le teme al RIGI: “Me preocupa mucho que haya incompatibilidad, dado que el RIGI hablaba de un 20% de contratación local. Espero que esta ley no se contraponga y permita que una empresa minera la judicialice, dejando las buenas intenciones en la nada”. Además, cuestiona a las propias mineras: “Sabemos que no hay plan de desarrollo de proveedores locales en la mayoría de las mineras. Lo hemos presentado por escrito y no nos lo envían. Por eso me parece maravilloso que se exija”.

Su planteo final es una mezcla de esperanza condicionada y advertencia: “Si el gobierno interpreta profundamente la necesidad de fortalecer la economía interna y cuenta con un organismo de aplicación serio con el cual se pueda debatir, la ley va a ser fundamental para el crecimiento de San Juan. Pero si no, será otro anuncio que genere frustración”.

Donde se para cada actor:

Matriz comparativa con las opiniones de los entrevistados sobre la ley de desarrollo minero.

Los 10 puntos clave del borrador oficial del proyecto

Sin extenderse en tecnicismos, el articulado al que accedió Acero y Roca establece:

  1. Alcance (Art. 1): toda actividad minera en San Juan, en todas sus etapas.
  2. Objetivos: desarrollo socioeconómico de comunidades de influencia, aumento del empleo local registrado y mayor participación de proveedores sanjuaninos.
  3. Principios (Art. 2): bien común, igualdad de oportunidades, progresividad, sostenibilidad, libre competencia y libertad de comercio (estos dos últimos, una concesión explícita al espíritu del RIGI).
  4. Definición de proveedor local (Art. 3 y 12): no alcanza con tener domicilio. Se exige: establecimiento operativo real en San Juan, domicilio legal y fiscal, arraigo (51% del capital en manos sanjuaninas o planta industrial propia), 80% de empleados con residencia local y antigüedad de 24 meses (comunidad de influencia) o 12 meses (resto de la provincia). Es una definición dura, pensada para frenar las “oficinas de paso”.
  5. Trabajador local (Art. 3 y 6): persona radicada en San Juan con domicilio registrado con al menos 12 meses de antigüedad.
  6. Metas obligatorias (Art. 5 y 7): 80% de la nómina total de trabajadores directos e indirectos deberá ser local. Y 60% del monto total de adquisiciones (bienes, obras, servicios) deberá contratarse con proveedores locales inscriptos. Las empresas que ya tengan planes aprobados en la DIA deberán adaptarlos.
  7. Plan de Desarrollo de Proveedores (Art. 8): debe fijar objetivos anuales, diferenciar por rubros, priorizar a proveedores de comunidades de influencia directa, y establecer mecanismos de transparencia en las licitaciones privadas.
  8. Registro RE.PRO.MIN (Art. 11): base única de proveedores locales certificados. Sólo los inscriptos cuentan para medir el cumplimiento.
  9. Sanciones (Art. 19): multas de hasta 60.000 unidades tributarias, suspensión o cancelación de la inscripción. Previa sumario con derecho a defensa.
  10. Vigencia (Art. 21): recién cuando el Poder Ejecutivo dicte la reglamentación. Ese artículo, visto como un comodín, ha encendido alertas entre los más escépticos: “Si la reglamentación no sale, la ley no vive”.
Resumen gráfico con los 10 puntos clave de la ley de desarrollo minero provincial.

La norma además deroga la ley 1208-M (anterior intento de regulación). Pero un detalle no menor: el artículo 7 aclara que las metas de proveedores sólo se exigen “en tanto la oferta de bienes y servicios se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a disponibilidad, precio y calidad”. Esa puerta de salida podría convertirse en la ruta habitual de las empresas para justificar el incumplimiento.

La incertidumbre por la presunta adición de nuevos artículos al texto

El borrador al que accedimos tiene 23 artículos. Sin embargo, esta semanas circula la versión de un proyecto de 30. Nadie, ni los entrevistados ni fuentes oficiales consultadas, pudo precisar esto.

Lo único cierto, al cierre de esta nota, es que todavía no se presenta y eso genera un caldo de cultivo para que crezca la incertidumbre y las ansias en el sector. Y cuando el proyecto finalmente ingrese, si es que ingresa, el debate no será sólo por los números (80/60). Será por la supervivencia misma de la norma frente al blindaje del RIGI.

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