El Gobierno modificó por decreto la Ley de Inversiones Mineras para acelerar proyectos y atraer inversiones

Comparte la noticia

En un momento económico complejo, caracterizado por un consumo masivo que no encuentra piso tras encadenar caídas consecutivas y una recaudación fiscal golpeada por la recesión, el Poder Ejecutivo nacional decidió acelerar a fondo con las facilidades para el sector extractivo.

Ley de inversiones mineras sobre un despacho de la gobernación. Contenido Original de ACERO Y ROCA - Prohibida su reproducción
El Gobierno de Argentina modificó la ley de minería por decreto para agilizar proyectos. Contenido Original de ACERO Y ROCA – Prohibida su reproducción

A través de la publicación del Decreto 482/2026, la administración de Javier Milei modificó de raíz la letra chica de la Ley de Inversiones Mineras. Esta medida busca remover trabas burocráticas históricas, otorgando un fuerte alivio financiero y mayor previsibilidad legal en las etapas operativas críticas.

La nueva normativa sustituye por completo el anexo reglamentario del histórico Decreto 2686/93. Desde el Ministerio de Economía argumentan que los cambios resultan urgentes para adecuar las estructuras estatales a las «nuevas realidades productivas, tecnológicas y administrativas». Con esta jugada, el oficialismo apunta a blindar la seguridad jurídica para captar dólares frescos de las multinacionales, enfocándose de lleno en proyectos de cobre y litio.

Devolución del IVA en exploración como oxígeno financiero inmediato

El punto que despertó mayor debate político y empresarial es la sustancial simplificación del mecanismo para recuperar el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) generado durante la etapa de exploración. Históricamente, las empresas exploradoras debían afrontar enormes costos en maquinarias, perforaciones de suelo y estudios geológicos complejos. Como todavía no extraen mineral para comercializar, acumulaban saldos millonarios de IVA a favor que quedaban paralizados en las cuentas del Estado, licuándose por la inflación.

Leé también: El mapa de inversiones que definirá el futuro industrial de Argentina

Requisitos y documentos esenciales para el cobro del reintegro

Para cobrar el reintegro, las compañías interesadas sólo deberán presentar ante la ventanilla oficial la siguiente documentación:

  • Las facturas comerciales correspondientes a los gastos realizados.
  • Los comprobantes efectivos de pago del precio del servicio y de la alícuota del IVA.
  • Una descripción pormenorizada de las tareas exploratorias concretadas, especificando coordenadas y cronogramas de la campaña de campo.
  • Un inventario con el listado de bienes materiales adquiridos y contratos técnicos suscritos.
  • La correspondiente declaración de impacto ambiental vinculada directamente a las tareas reportadas.

El impacto fiscal y la caída en la recaudación de ARCA

Esta medida generó fuertes cruces en el arco económico interno. Mientras la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reporta una caída de diez meses consecutivos en la recaudación nacional del IVA, el Gobierno debió implementar un severo recorte presupuestario de 2,4 billones de pesos en mayo para sostener el equilibrio fiscal en otras partidas.

De este modo, los críticos señalan el contraste entre el torniquete al consumo masivo generalizado y las facilidades impositivas otorgadas a las corporaciones mineras.

Imagen de billetes de dólar con una gran lupa delante de una operación minera a cielo abierto.
Entre los cambios más importantes está la devolución del IVA a las operadoras mineras generado durante la etapa de exploración.

Fin de las DJAI mineras y el salto definitivo a la desregulación aduanera

Con el objetivo de automatizar las cadenas logísticas, la declaración jurada que carguen los importadores se integrará directamente con el Sistema Informático Malvina (SIM). Esta conexión se procesará online a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Quienes utilicen esta vía quedarán totalmente exceptuados de abonar derechos de importación corrientes y otros gravámenes menores, como la tradicional Tasa de Estadística. Sin embargo, la normativa aclara taxativamente que este beneficio arancelario de importación no incluye la exención del IVA, que deberá liquidarse según las alícuotas correspondientes.

Reglas claras: estabilidad por 30 años y fiscalización estricta

En el mediano plazo, el Decreto 482/2026 rediseñó las pautas administrativas para el acceso al beneficio de estabilidad fiscal por el término de 30 años. La normativa estipula una fecha fija e inamovible para el blindaje impositivo: el beneficio regirá de manera retroactiva a partir del día exacto en que la empresa presente el correspondiente estudio de factibilidad técnica del yacimiento.

Perforación en una operación minera.
En un cambio clave para la logística y la cadena de valor, el Gobierno amplió el límite de integración regional a 500 kilómetros.

Una vez concedida la aprobación oficial, el operador minero estará plenamente facultado por ley para accionar judicial o administrativamente ante el Estado frente a cualquier vulneración de sus derechos tributarios adquiridos.

Obligaciones informativas y balances mediante la plataforma TAD

Ampliación del límite de integración regional a 500 kilómetros

En paralelo, y buscando dar una respuesta concreta a la logística minera, el decreto extendió de forma notable el límite geográfico para la integración regional, llevándolo hasta un radio máximo de 500 kilómetros. Esta flexibilización espacial le permite a las multinacionales conectar sus bocas de yacimiento en la cordillera con plantas de beneficio alejadas del epicentro extractivo. Así, se potencia la cadena de proveedores locales y se amplía el impacto socioeconómico en las comunidades periféricas.

Cambios clave en el seguro ambiental obligatorio

La reforma oficial modificó también los parámetros de control sobre el impacto en el ecosistema, logrando armonizar las exigencias contables de la clásica Ley 24.196 de Inversiones Mineras con las directrices de la Ley General del Ambiente. Bajo este nuevo prisma legal, la contratación y vigencia de un Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) será considerada condición enteramente suficiente para dar por cumplido el requisito legal de previsión ante contingencias.

imagen del planeta Tierra en un  jardín verde.
La acreditación del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) podrá satisfacer el requisito de previsión para alteraciones ambientales, considerándolo un instrumento “más eficaz y verificable” para asegurar recursos destinados a la remediación.

Los equipos técnicos de la Presidencia afirmaron que este tipo de pólizas comerciales representa una herramienta «más eficaz y verificable» para garantizar de manera inmediata la disponibilidad de fondos líquidos destinados a tareas de remediación o saneamiento ambiental, superando las meras reservas en los libros contables corporativos.

El rol del SAO como garantía frente a las reservas contables

Para aquellos proyectos más chicos que no se encuentren encuadrados de manera obligatoria en la contratación del SAO, continuará disponible el viejo mecanismo de constitución de una previsión especial en los balances contables, deducible directamente del Impuesto a las Ganancias.

Esta deducción especial mantendrá su tope técnico histórico del 5% calculado sobre los costos operativos reales de extracción y trituración preliminar en boca de mina. En cualquier caso, todas las empresas mineras operativas del país quedarán obligadas a reportar y acreditar de manera anual la vigencia total de sus seguros ambientales o detallar con precisión contable los fondos reservados en sus previsiones impositivas.

Nuevas exigencias comerciales y domicilio electrónico para contratistas

Mujer con ropa de faena, observando un paisaje montañoso.
Con esta normativa, que entra en vigencia a partir de este miércoles 24 de junio, el Ejecutivo busca consolidar un marco “moderno, ágil y transparente” que brinde la seguridad jurídica necesaria para atraer grandes inversiones al país. 

En caso de detectarse desvíos comerciales o incumplimientos en los porcentajes, las firmas prestadoras sufrirán la suspensión inmediata o la baja definitiva del registro de beneficios sectoriales. Las empresas del sector ya corren contra el reloj: todos los inscriptos vigentes deberán constituir obligatoriamente un domicilio legal electrónico en su próxima declaración anual para evitar penalidades de la autoridad minera.

Comparte la noticia
Scroll al inicio