El resonante caso policial y corporativo que conmocionó al sector productivo local está a punto de cerrarse de manera definitiva. Roberto Dany Sarmiento y su esposa, Myriam Muñoz, acordaron una pena de 3 años de prisión condicional tras ser acusados de estafa por la UFI Delitos Informáticos y Estafas.

El pacto judicial para eludir la cárcel
El pacto, alcanzado bajo la modalidad de juicio abreviado, les permitirá a los imputados eludir el ingreso a una unidad penitenciaria. Sin embargo, el beneficio quedará estrictamente supeditado a las medidas coercitivas y reglas de conducta que determine el Juzgado de Garantías interviniente.
De acuerdo con lo estipulado por las autoridades judiciales, la resolución formal del conflicto se presentará de manera oficial el próximo martes 16 de junio en una audiencia clave. Debido a que los acusados fijaron su lugar de residencia en la provincia de San Luis, los tribunales sanjuaninos habilitaron los mecanismos necesarios para que ambos puedan comparecer a través de videoconferencia, evitando así el traslado físico. La salida alternativa fue consensuada entre el representante legal del matrimonio, el abogado Omar Quiroga, y el fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Especializada, Guillermo Heredia.
Una indemnización millonaria y el error informático en Veladero
El origen del conflicto penal se remonta a fines del año 2024, momento en el que la compañía Minera Andina del Sol (joint venture entre Barrick Gold y Shandong Gold) propietaria de la mina Veladero, dio por concluido el vínculo laboral con Sarmiento tras 15 años de servicio. Como resultado de la desvinculación, los apoderados de la firma coordinaron un pago indemnizatorio que ascendía a poco más de 107 millones de pesos.
No obstante, una falla técnica e interna imprevista dentro del sistema informático de Recursos Humanos provocó que la firma liquidara y acreditara exactamente el mismo monto dos veces, en la cuenta sueldo del exoperario, elevando la cifra global de la operación fallida a un perjuicio de casi 110 millones de pesos.
El camino del dinero: transferencias familiares y pérdida de contacto
Una vez que los auditores contables de la operadora minera advirtieron la duplicación del depósito, los representantes de la gerencia de administración se comunicaron de inmediato con Sarmiento. Al principio, el exoperario atendió los reclamos institucionales y reconoció verbalmente el error en los sistemas de la empresa. En esas conversaciones iniciales, el beneficiario aseguró que realizaría la restitución correspondiente de los fondos excedentes tan pronto como el dinero figurara formalmente acreditado y disponible en su home banking.

El desvío de los fondos y la denuncia penal por estafa
A pesar de las promesas de regularización del saldo, el dinero nunca regresó a las cuentas de la compañía minera. Los peritajes informáticos y los entrecruces de datos bancarios solicitados por la fiscalía demostraron que, ni bien impactó el segundo depósito en su cuenta, la totalidad de los fondos fue derivada de inmediato hacia un CBU perteneciente a su cónyuge, Myriam Muñoz.
A partir de ese momento, la postura del matrimonio cambió radicalmente: el exempleado cortó todo tipo de comunicación con la firma, dejando de responder los llamados directos, los mensajes a sus teléfonos celulares y las intimaciones mediante cartas documento que despacharon los asesores legales corporativos.
Frente al escenario de una evidente apropiación indebida y ante el echazo explícito a cooperar con las solicitudes privadas, los directivos de Minera Andina del Sol radicaron la denuncia penal ante la mesa de entradas del Ministerio Público de San Juan. Esto motivó el inicio de una causa formal por presunta estafa. La investigación sumó de manera directa a Muñoz en calidad de partícipe del delito, debido a que la mujer prestó su estructura bancaria para receptar, resguardar y diversificar la millonaria cifra remitida por error administrativo.
La disputa por la jurisdicción y la victoria judicial de San Juan

Antes de encaminarse a este desenlace, el expediente penal atravesó una intensa batalla de competencias técnicas entre los tribunales de las dos provincias involucradas. En una primera etapa de los debates formales, la jueza de Garantías de San Juan, Gloria Chicón, se declaró incompetente para seguir entendiendo en el caso.
La apelación que devolvió la causa a los tribunales locales
La magistrada consideró que, dado que el matrimonio residía de manera permanente en territorio puntano y que allí se encontraban las cuentas receptoras finales del dinero, el proceso completo debía remitirse y tramitarse ante las autoridades del Poder Judicial de San Luis.
Sin embargo, esta primera interpretación de los hechos fue apelada y rechazada firmemente tanto por el equipo de fiscales de la UFI como por la querella que representa los intereses de la empresa minera damnificada. Los apelantes sostuvieron ante los tribunales superiores que el inicio del perjuicio financiero real tuvo lugar en suelo sanjuanino. Este es el lugar donde se encuentran radicadas las oficinas de administración central desde donde salieron las órdenes de transferencia bancaria hacia el home banking del ex operario.
Finalmente, el juez del Tribunal de Impugnación de San Juan, Renato Roca, tomó intervención en la controversia. El magistrado revocó el fallo de primera instancia de la jueza Chicón. En su resolución definitiva, Roca dictaminó que la investigación penal debía permanecer en la provincia de San Juan. Su argumento legal se basó en que el núcleo del quebranto económico a las finanzas de la firma se perpetró y se consolidó en territorio sanjuanino. De esta manera validó todas las medidas restrictivas y de recolección de pruebas desarrolladas en la jurisdicción local.

El acuerdo final: tres años de prisión en suspenso y videollamada desde San Luis
Efectivamente, acorralados por el avance de la causa en los tribunales locales, el matrimonio prefirió levantar la bandera blanca y pactar una salida alternativa con el fiscal Guillermo Heredia. Mediante la firma de este juicio abreviado, tanto Roberto Dany Sarmiento como Myriam Muñoz aceptaron formalmente su culpabilidad en la estafa contra la operadora de Veladero.
Las pautas de conducta que definirán su libertad
La condena de tres años de prisión condicional significa que la pareja no pisará el penal de Chimbas, pero quedará caminando por la cuerda floja. Por consiguiente, el beneficio de la libertad ambulatoria estará estrictamente atado a que cumplan las pautas de conducta que el Juzgado de Garantías les fije en la audiencia virtual de este martes 16 de junio. Si cometen un nuevo delito o violan las restricciones desde su residencia en San Luis, el pacto se cae y la prisión se volverá efectiva de inmediato.

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