El contador público y especialista en asesoramiento empresarial Facundo Cereceda detalló el paso a paso para constituir una SAS en San Juan con menos de un millón de pesos. Alertó sobre esquemas de especulación financiera donde el valor accionario se multiplica sin respaldo geológico definitivo y remarcó la eficiencia del Registro Público de Comercio frente a la burocracia de las sociedades anónimas tradicionales.
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LO ESENCIAL EN 10 SEGUNDOS
Tramitar una SAS en San Juan demora entre 3 y 4 semanas, frente a los 6 meses que demandaba históricamente una SRL. Se exige un piso equivalente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (menos de $1.000.000 ARS). Permite sociedades unipersonales y la incorporación de accionistas locales o extranjeros sin inscripción previa en impuestos. Se registran casos donde sociedades creadas por montos mínimos inflan su valor de mercado ante expectativas mineras sin ensayos de laboratorio concluyentes. En San Juan, las SAS son fiscalizadas por el Registro Público de Comercio, mientras que la Inspección de Personería Jurídica frena el desarrollo de las SA tradicionales.
La aceleración de la actividad metalífera y de exploración en la provincia de San Juan impulsó la demanda de estructuras corporativas livianas capaces de adaptarse a los tiempos de la industria. En ese marco, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS),figura creada nacionalmente en 2017 a través de la Ley N° 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor, se transformó en la herramienta predilecta para proveedores, exploradores e inversores.
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Sin embargo, la agilidad en la transmisión de sus acciones también abrió la puerta a fenómenos de especulación financiera sobre la propiedad de manifestaciones mineras. El contador público y docente de la UNSJ Facundo Cereceda, analizó los aspectos técnicos del trámite, los costos de entrada y los contrapuntos del modelo societario en la provincia.

La delgada línea entre la expectativa minera y la burbuja financiera
La naturaleza jurídica de la SAS permite la libre transferencia y venta de acciones con requisitos formales mínimos, lo que agiliza la entrada de socios capitalistas pero fomenta episodios de sobrevaluación inmobiliario-minera. En distritos con alta intensidad de exploración como San Juan y Santa Cruz, la mera tramitación de un pedimento o manifestación de descubrimiento suele utilizarse para multiplicar el valor nominal de la firma en el mercado informal.
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«Hay mucha especulación, porque las SAS lo que tienen, es que se pueden vender las acciones. Es decir, huelen un poco de oro y ya esas SAS que valían dos millones de pesos empiezan a decir que tienen una propiedad minera y pasan a valer dos millones de dólares por el solo olor a oro», ilustró Cereceda.
La validación económica de estas sociedades depende de las campañas de exploración técnica. La toma de muestras de superficie o las perforaciones iniciales requieren posterior análisis en laboratorios certificados para determinar la continuidad y ley del mineral en profundidad y hacia los laterales del yacimiento.

«Es una lotería cuando sienten que en ese lugar puede haber oro, porque lo sienten, pero nunca lo saben al cien por ciento. Mandan una muestra al laboratorio y calculan cuánto puede haber para abajo y para los costados, pero la muestra es solo de ese lugar. Si el laboratorio dice que no había nada, se desploma todo. Para hacer estudios más específicos y caros hay que inyectarle más plata a la SAS», remarcó el especialista.
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En paralelo a la dinamización del mercado, el especialista destacó que la constitución de estas sociedades y los nombres de sus integradores figuran de forma pública en el Boletín Oficial de San Juan, lo que permite verificar la trayectoria de los promotores de cada vehículo jurídico.
El trámite en San Juan: de tres a cuatro semanas y con capital mínimo
A diferencia del régimen tradicional fijado por la Ley General de Sociedades N° 19.550, la estructura de la SAS facilita el inicio de actividades a personas humanas sin antecedentes tributarios complejos o incluso a inversores extranjeros sin residencia permanente en el país. «Una persona con número de CUIT, sin estar inscripta previamente en impuestos y solo teniendo la identificación tributaria, ya puede empezar a hacerlo. Puede ser unipersonal, es decir, de un solo dueño. Y pueden constituirla personas del exterior que tengan residencia acá o que no sean residentes», detalló el consultor.
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El proceso se formaliza mediante la redacción del instrumento constitutivo, documento que actúa como contrato social donde se asienta la fecha de inicio, la fecha de cierre del ejercicio comercial, la estructuración del capital y el compromiso de aporte de los socios, el cual puede integrarse tanto en dinero en efectivo como en maquinarias u otros bienes de uso.
Respecto a los plazos, el especialista contable contrapuso la velocidad del trámite local con la experiencia histórica y la de otras jurisdicciones del país. «En Buenos Aires intentan hacerlas en 24 horas, en Córdoba demoran una o dos semanas y en San Juan en tres o cuatro semanas ya la podés tener. Es súper ágil, nada que ver con lo que era antes la Ley de Sociedades, que te demoraba seis meses en tener una SRL», sostuvo Cereceda.

En cuanto al esfuerzo económico necesario para poner en marcha el vehículo societario, el contador detalló lo que exige la normativa: «El capital mínimo es de dos salarios mínimos, vitales y móviles. Es tan sencillo que con algo de menos de un millón de pesos ya podés empezar a operar».
La trampa de la Sociedad Anónima tradicional en el fuero provincial
Uno de los errores más recurrentes identificados en la consultoría contable proviene de inversores y contratistas radicados en Buenos Aires o Córdoba que buscan desembarcar en el mapa minero sanjuanino bajo la figura de la Sociedad Anónima (SA) convencional, desconociendo el reparto de competencias institucionales en la provincia.
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En el esquema administrativo sanjuanino, las SAS y las SRL están bajo la órbita del Registro Público de Comercio, mientras que las Sociedades Anónimas son fiscalizadas por la Inspección General de Personas Jurídicas. «Acá en San Juan funcionan diferente las Sociedades Anónimas a las SAS y las SRL. Las SAS y las SRL las controla el Registro Público de Comercio, que es una entidad que funciona muy bien. Las SA las controla la Inspección de Personería Jurídica, que funciona muy mal», advirtió el profesional.
La falta de diagnóstico normativo previo provoca demoras severas en la obtención de la matrícula registral para las firmas que optan por la SA tradicional, imposibilitando la apertura de cuentas bancarias y el inicio de operaciones en los yacimientos.

«Vienen de afuera queriendo una Sociedad Anónima y no tienen en cuenta este funcionamiento. Si el contador o el abogado no les dijo bien cómo funciona en San Juan, después se quieren morir porque no pueden operar y tienen muchas trabas. Por eso a nosotros nos viene espectacular la SAS y siempre la recomendamos», enfatizó el profesional.

Periodista especializado en minería, ambiente, ciencia y economía. Desde San Juan, cubre la actividad minera con mirada crítica y enfoque en sus impactos, oportunidades y protagonistas, buscando explicar los procesos detrás de cada proyecto y acercar información rigurosa a la comunidad.