Un edicto en el Boletín Oficial abrió la consulta pública para explorar 60.785 hectáreas solicitadas por Julián Santiago Maidana. El cruce cartográfico confirma que las concesiones ocupan más del 53% de la cuenca hídrica que alimenta la única fuente de agua potable para los 21.000 habitantes de Jáchal. Desde la Asamblea Jáchal No Se Toca denuncian que es el tercer intento de avanzar sobre las zonas de recarga del acuífero.

LO ESENCIAL EN 10 SEGUNDOS
El 14 de agosto se publicó la convocatoria a consulta pública sobre el Informe de Impacto Ambiental de Nuevo Panacán. Los habitantes de Jáchal y zonas aledañas dependen de forma exclusiva del agua subterránea de Pampa del Chañar. El proyecto, impulsado por Julián Santiago Maidana, abarca 60.785 hectáreas que se superponen con el 53,6% de la cuenca imbrífera protegida por una ordenanza. Saúl Zeballos, referente de la Asamblea Jáchal No Se Toca, advirtió que Nuevo Panacán es el tercer intento de avanzar sobre Huachi. Este 24 de agosto venció el plazo hábil de consulta del expediente. La ciudadanía dispone hasta el jueves 27 de agosto para formalizar objeciones escritas ante la Mesa de Entradas del Ministerio de Minería.
El viernes 14 de agosto de 2026, la publicación de un edicto en el Boletín Oficial de San Juan abrió formalmente la tramitación ambiental para la prospección de metales base, preciosos y minerales radiactivos en el departamento Jáchal. El documento, firmado por el Lic. Roberto Moreno, Secretario de Gestión Ambiental y Control Minero, notificó la convocatoria a consulta pública sobre el Informe de Impacto Ambiental (IIA) del proyecto Nuevo Panacán, radicado en el Expediente N.º 1100-000293-2026 a nombre de Julián Santiago Maidana.

La iniciativa busca explorar 60.785 hectáreas situadas en los distritos mineros Huachi y Punilla. Sin embargo, el análisis cartográfico de las concesiones revela una superposición crítica: el área solicitada abarca de forma directa las cabeceras de montaña que recargan el acuífero subterráneo del cual dependen para beber, cocinar y subsistir los 21.000 habitantes de la ciudad de Jáchal y sus zonas aledañas.
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La brecha legal: las 10.500 hectáreas provinciales frente a las 113.400 protegidas por municipio
El conflicto en Pampa del Chañar expone una disparidad estructural entre la legislación ambiental provincial y la normativa de ordenamiento territorial dictada por el Concejo Deliberante de Jáchal. Mientras el régimen de la Ley Provincial 1086-L delimitó un área protegida de solo 10.500 hectáreas circunscrita al sector llano de bombeo de Obras Sanitarias Sociedad del Estado (OSSE), la Ordenanza Municipal N.º 3172 ampara 113.400 hectáreas correspondientes a la totalidad de la cuenca imbrífera.
El término imbrífera (que proviene del latín imber, lluvia) define geológicamente al conjunto de laderas y cordones montañosos que funcionan como un receptáculo natural para captar las precipitaciones pluviales y las nadas de nieve. Los estudios hidrogeológicos del informe INA RR-653, elaborados por el Instituto Nacional del Agua, determinaron que es precisamente en esa masa montañosa alta donde se produce el proceso de infiltración que alimenta al subsuelo.
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«La ley provincial establece la protección únicamente donde están los pozos, o sea, no de donde viene el agua que recarga el acuífero. Lo que protege la ley provincial son únicamente 10.000 hectáreas, que es la zona más baja donde están los pozos que traen agua hasta el centro de Jáchal. En cambio, lo que protege la Ordenanza Municipal 3172 son 113.000 hectáreas, que abarcan todas las recargas. Si se contaminan las recargas, se contamina el acuífero», explicó Saúl Zeballos, integrante de la Asamblea Jáchal No Se Toca, en diálogo con Acero y Roca.
«No es que nosotros digamos que se va a contaminar el agua; eso lo dicen los informes del Instituto Nacional del Agua en que se basaron los concejales para dictaminar la ordenanza 3172″, enfatizó el referente ambiental.

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El acueducto de 22 kilómetros: cómo llega el agua a las canillas de 21.000 vecinos
El esquema de abastecimiento domiciliario de Jáchal atravesó una transformación estructural en la última década. Históricamente, la población consumía agua captada de forma directa sobre la superficie del río Jáchal, la cual era sometida a un proceso primario de decantación en piletas abiertas y cloración posterior. A partir del año 2010, el sistema se sustituyó mediante la construcción de un acueducto de 22 kilómetros de extensión que conecta la localidad de La Represa, donde se ubican las perforaciones subterráneas, con la planta potabilizadora de OSSE en la villa cabecera.
La legislación ambiental de la provincia establece que la autorización de las tareas de campo requiere una DIA rubricada por el Ministro de Minería de San Juan. La publicación de los edictos habilitó un plazo de cinco días hábiles para la revisión del documento en soporte físico o digital y tres días hábiles posteriores para la presentación de eventuales observaciones por parte de particulares o superficiarios.

La mecánica hidrogeológica de un acuífero libre y la dirección del flujo
La vulnerabilidad técnica de Pampa del Chañar responde a su condición de acuífero libre o no confinado, según consta en el informe INA RR-653 elaborado por el Instituto Nacional del Agua. A diferencia de las cuencas protegidas por capas impermeables de arcilla, el suelo de la zona presenta permeabilidad desde la superficie. De acuerdo con las descripciones hidrogeológicas de dicho organismo, las lluvias y nevadas que caen en las altas cumbres descienden por las quebradas de los ríos Huerta de Huachi, Pescado y Pajarillo, cuyas nacientes están incluidas dentro de las coordenadas de los pedimentos mineros, e infiltran en el abanico aluvial.
Dado que las 60.785 hectáreas unificadas bajo el nombre de Nuevo Panacán se localizan en los cordones montañosos situados al norte de la pampa, la documentación catastral ubica las labores de exploración en una posición topográfica e hidráulica «aguas arriba» de la batería de pozos de OSSE. El gradiente medido por el INA confirma que la masa de agua subterránea se desplaza en sentido Norte a Sur, por lo que los estudios técnicos advierten que cualquier sustancia o efluente introducido en la zona de recarga se trasladaría hacia el sector de captación humana.
El cambio de nombres y crecimiento exponencial de las hectáreas
Según la documentación y el seguimiento de expedientes realizado por la Asamblea Jáchal No Se Toca, la presentación del expediente N.º 1100-000293-2026 constituye una reestructuración de emprendimientos previos radicados sobre el mismo distrito minero. De acuerdo con los registros citados por la organización, la iniciativa original denominada Proyecto Minero Huachi fue tramitada en 2018 bajo el nombre de Esperanza, y posteriormente, en junio de 2024, figuró en las actuaciones administrativas bajo la etiqueta de Aluvión Royo.
En las actuaciones de esa etapa previa, las planillas oficiales asignaban a Aluvión Royo una superficie de 3.500 hectáreas. Con la unificación de pedimentos gestionada por Julián Santiago Maidana bajo la carátula de Nuevo Panacán, la superficie requerida en el expediente saltó a 60.785 hectáreas, abarcando más de la mitad de la cuenca imbrífera delimitada por los técnicos del municipio y del INA.
Vencimiento de plazos: la ventana legal se cierra este jueves 27 de agosto
Al computar los días hábiles administrativos tras la publicación del edicto en el Boletín Oficial el pasado 14 de agosto de 2026, el procedimiento ambiental ingresó en su etapa decisiva:
- Consulta pública agotada: Este lunes 24 de agosto (descontando el feriado nacional del 17 de agosto y los 5 días hábiles fijados por norma) venció el plazo formal para consultar el Informe de Impacto Ambiental (IIA) en la Mesa de Entradas del Ministerio de Minería.
- Período de objeciones abierto: A partir de este martes 25 de agosto se inician los 3 días hábiles adicionales estipulados por el procedimiento minero provincial.
- Plazo límite definitivo: La ciudadanía e instituciones locales tienen tiempo hasta el jueves 27 de agosto de 2026 (en el horario de atención de la Mesa de Entradas en la Capital provincial) para ingresar objeciones escritas y fundamentadas con acreditación de D.N.I.
Un precedente sobre el ordenamiento territorial y las fuentes de agua
El curso que tome el Expediente N.º 1100-000293-2026 a partir del 27 de agosto ante la Secretaría de Gestión Ambiental y Control Minero pondrá a prueba la relación entre la normativa provincial y la vigencia de la Ordenanza Municipal N.º 3172.
De convalidarse la Declaración de Impacto Ambiental sobre las 60.785 hectáreas, los referentes de la asamblea anticiparon la presentación de recursos de amparo judicial fundamentados en el principio precautorio y en los estudios del INA. Por el contrario, de aplicarse las restricciones sobre la cuenca imbrífera, la resolución sentará el alcance efectivo de las zonas de recarga frente a las solicitudes de prospección minera en la provincia.

Periodista especializado en minería, ambiente, ciencia y economía. Desde San Juan, cubre la actividad minera con mirada crítica y enfoque en sus impactos, oportunidades y protagonistas, buscando explicar los procesos detrás de cada proyecto y acercar información rigurosa a la comunidad.